Contrato de prestación de servicios de conectividad a internet de 200 Mbps por fibra óptica para la IEM La Caldera. Plazo de ejecución hasta el 15 de diciembre de 2026. Valor estimado de **** COP. Pago en un solo pago al finalizar el contrato. No exige garantías. No hay visitas al lugar de obras. Se requiere soporte técnico y mesa de ayuda.
El plazo de ejecución es desde la suscripción del acta de inicio hasta el 15 de diciembre de 2026. El contratista no debe superar el plazo establecido para la instalación requerida para la prestación del servicio.
La institución educativa pagará al contratista en un solo pago el 100% a la terminación del contrato, dentro de los dos días hábiles siguientes a la presentación de la factura, previos los trámites administrativos reglamentarios y certificación de cumplimiento.
No aplica para este proceso. Por tratarse de un contrato de menor cuantía, no se exigirá la constitución de garantías, toda vez que el artículo 7 de la ley **** de **** establece que las garantías no serán obligatorias en los contratos cuyo valor sea inferior al 10% de la menor cuantía.
El contratista, con la suscripción del presente contrato y bajo juramento, manifiesta que no se halla incurso en las causales de inhabilidad e incompatibilidad, o prohibiciones para contratar con el municipio de Pasto.
Se estipula como pena pecuniaria un porcentaje igual al diez por ciento (10%) del valor del contrato. En caso de mora o incumplimiento parcial, se podrán imponer multas sucesivas equivalentes al tres (3%) del valor del contrato, por cada día de atraso, con un tope máximo del diez (10%) del valor total.
El contratista deberá acreditar el pago de los aportes establecidos en el artículo 50 de la ley 789 de **** anexando con la factura el certificado de pago de aportes al sistema de seguridad social y parafiscales, de lo contrario no se tramitará la respectiva factura.
El valor estimado del contrato es de un millón setecientos mil pesos **** MCTE, incluido transporte, IVA y todos los tributos.