21/07/2026 - COLOMBIA | ANT | BELLO Ciudad Mediana
Jader andres mejia torres - adecuación, mantenimiento, reparación e instalación de inodoros, accesorios y paneles divisorios para unidades sanitarias de uso estudiantil en la sede principal y mantenimiento correctivo en la sede gran avenidas de la i. E. Liceo antioqueño
Adecuación, mantenimiento, reparación e instalación de inodoros, accesorios y paneles divisorios para unidades sanitarias de uso estudiantil en la sede principal y mantenimiento correctivo en la sede gran avenidas de la I. E. Liceo Antioqueño. Suministro e instalación de sanitario convencional de bajo consumo, suministro e instalación de panel divisor para orinal en acero inoxidable, suministro e instalación de cartuchos para sanitario, suministro e instalación de cartucho tipo push de pared para lavamanos, suministro e instalación de regadera de pared para lavamanos.
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Contrato de obra para adecuación, mantenimiento, reparación e instalación de inodoros, accesorios y paneles divisorios en unidades sanitarias. Plazo de ejecución: 11 días. Valor total: **** COP. Pago en un único pago previo cumplimiento de obligaciones. No se requieren garantías, pero se garantiza la calidad de los productos y servicios. Se aplicarán multas de hasta el **** del valor del contrato por mora o incumplimiento parcial, y una cláusula penal del 10% del valor del contrato por incumplimiento total. La supervisión estará a cargo del rector de la institución.
El plazo del contrato es de once 11 días contados a partir de la suscripción del acta de inicio.
El pago se realizará en un único pago previo cumplimiento de las obligaciones contraídas y con la certificación expedida por el supervisor del contrato.
En razón a la naturaleza del contrato y a la forma de pago, no se requiere la constitución de garantías, sin embargo, el contratista se obliga con la institución educativa a garantizar la calidad de los productos y servicios.
En caso de mora o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por el contratista sin perjuicio de la declaratoria de la caducidad del contrato, la institución educativa podrá, mediante resolución motivada imponer multas, las cuales deberán ser directamente proporcionales al valor del contrato y a los perjuicios sufridos, sin exceder el cinco por mil **** del valor del contrato, cada vez que se impongan.
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