Contrato de suministro para compra de dos televisores y una cabina portátil. Plazo de ejecución de 2 días. Valor total de **** COP. Pago único previa certificación del supervisor. No se requiere constitución de garantías, pero el contratista garantiza la calidad de los productos. Entrega en las instalaciones de la institución educativa. Se aplican multas de hasta **** del valor del contrato por mora o incumplimiento parcial y cláusula penal del 10% del valor del contrato por incumplimiento total. No se permiten cesión ni subcontratación sin consentimiento previo y escrito.
El plazo del contrato es de dos días, contados a partir de la suscripción del acta de inicio. Según el documento: el plazo del contrato es de dos dias 02 contados a partir de la suscripción del acta de inicio.
El pago se realiza en un único pago, previo cumplimiento de las obligaciones y con certificación del supervisor. Según el documento: en un unico pago, previo cumplimiento de las obligaciones contraídas y con la certificación expedida por el supervisor del contrato.
No se requiere constitución de garantías, pero el contratista garantiza la calidad de los productos. Según el documento: no se requiere la constitución de garantías, sin embargo, el contratista se obliga con la institución educativa a garantizar la calidad de los productos y servicios.
El contratista debe mantenerse al día con sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales. Según el documento: mantenerse al día con sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales en caso de aplicar.
Se pueden imponer multas de hasta **** del valor del contrato por mora o incumplimiento parcial, y una cláusula penal del 10% del valor del contrato por incumplimiento total. Según el documento: sin exceder el cinco por mil **** del valor del contrato y una sanción pecuniaria la cual tendrá un monto del diez por ciento 10 del valor del contrato.
El contratista no podrá ceder ni subcontratar total ni parcialmente el contrato sin consentimiento previo y escrito de la institución educativa. Según el documento: el contratista no podrá ceder ni subcontratar total ni parcialmente con otra persona natural o jurídica el presente contrato, sin el consentimiento previo y escrito de la institucion educativa.
El valor total del contrato es de **** pesos colombianos. Según el documento: el valor total del presente contrato se estima en la suma siete millones seiscientos catorce mil doscientos quince pesos ml ****.