Contrato de compraventa para la expedición, administración, entrega y redención de bonos o tarjetas electrónicas canjeables exclusivamente por vestido y calzado de labor para funcionarios de la Universidad del Tolima. Plazo de ejecución de 7 meses, sin superar la vigencia fiscal 2026. Lugar de ejecución: Ibagué, Tolima. Se requiere punto físico propio en Ibagué y experiencia mínima de 3 años o 5 contratos en intermediación o distribución de dotaciones. Garantía de prendas mínima de 2 meses y calzado de 3 meses. Pago mediante pagos parciales tras entrega de bonos. Garantía de cumplimiento del 20%.
El plazo de ejecución del contrato será de siete (7) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio, sin superar la vigencia 2026. La entrega de bonos se hará en las fechas que se requiera, según lo indica: entregar la cantidad de bonos de dotación requerida en las fechas que se requiera.
La universidad efectuará pagos parciales una vez se verifique la entrega de los bonos, previa presentación de factura y recibo a satisfacción. Según el texto: la universidad del tolima efectuará pagos parciales una vez se verifique la entrega de los bonos personalizados o tarjetas electrónicas de dotación solicitados.
La garantía de las prendas deberá ser mínimo de dos meses y el calzado mínimo de tres meses, según el texto: la garantía de las prendas deberá ser mínimo de dos meses y el calzado mínimo de tres meses.
Se otorgará puntaje por propuesta técnica y económica, incluyendo mayor número de establecimientos, acceso a promociones y menor valor en comisión. El texto indica: el mayor puntaje por precio será otorgado a aquel proponente que se encuentre habilitado, y que sea la propuesta más económica en lo que respecta a los gastos de administración o comisión de bonos.
Se requiere experiencia mínima de 3 años o 5 contratos en intermediación o distribución de dotaciones, y cumplir indicadores financieros. El texto señala: persona natural o jurídica que tenga experiencia de mínimo 3 años o cinco contratos o certificaciones de contratos ejecutados y terminados, en labores de intermediación con empresas que suministren dotación de calzado y vestido.
El no cumplimiento de los índices financieros, la omisión de la oferta económica o la modificación de especificaciones técnicas generan rechazo. El texto indica: el no cumplimiento de los índices financieros de acuerdo a las condiciones anteriores, será causal de rechazo de la propuesta y la omisión en la presentación del ofrecimiento económico, o la modificación de las especificaciones técnicas genera el rechazo de la oferta.
El valor estimado del contrato es de ****,53 pesos colombianos, según el texto: valor estimado ****, 53.