Convocatoria para otorgar estímulos no reembolsables del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico (FDC) a proyectos cinematográficos. Los recursos se destinarán a la ejecución integral de los proyectos. La convocatoria está abierta desde el 2 de enero de 2026 hasta el 11 de diciembre de 2026. Se requiere registro en línea y aceptación de términos y condiciones. Los estímulos se otorgan mediante reembolso de gastos elegibles. No se requiere contrato regulador de estímulos para esta modalidad, pero la participación implica aceptación de términos y condiciones.
Los plazos para la presentación de informes de acreditación de gastos son de 15 días calendario después de la finalización del evento si la postulación fue aprobada antes o durante, y 10 días calendario después del envío del correo de aprobación si fue aprobada después. los plazos mencionados no son prorrogables y en caso de no cumplirlos se pierde el estímulo.
El estímulo se otorgará mediante el reembolso del 100% del valor de las facturas presentadas de los costos elegibles. eembolso significa que las facturas yo cuentas de cobro, �stas �ltimas cuando sean permitidas, ya hansido pagadas por lo tanto, proim�genes colombia solicitar� los soportes de los costos elegibles pagados previamente por los beneficiarios.
Se deben constituir las garantías que se estipulen en el contrato regulador del estímulo. garant�as por lotes grupos etapas no cumplimiento s� contrato cumplimiento de valor de contrato 30, 00 fecha de inicio de garant�a 13 horas para terminar **** 12: 00: 00 amutc05: 00 bogot�, lima, quito valor de la garant�a fecha de fin de garant�a **** 12: 00: 00 am utc05: 00 bogot�, lima, quito responsabilidad civil extracontractual no
Los productores cinematográficos colombianos, personas naturales o jurídicas, pueden participar. Se requiere registro en el aplicativo en línea y aceptar términos y condiciones. para acceder a este est�mulo el productor concursante deber�: 1. registrarse en el aplicativo en l�nea y aceptar t�rminos y condiciones.
En caso de incumplimiento, el beneficiario debe devolver el estímulo desembolsado, sus intereses o indexaciones y pagar la sanción pecuniaria convenida, además de los perjuicios. en caso de incumplimiento verificado a la terminaci�n del contrato regulador del est�mulo, el beneficiario debe devolver el est�mulo que le hubiera sido desembolsado, sus intereses o indexaciones y pagar la sanci�n pecuniaria que se haya convenido, adem�s de los perjuicios que ocasione.
Las solicitudes de revisión e inconformidades solo podrán presentarse en el curso de la convocatoria o hasta 15 días calendario después de la publicación de los resultados. las solicitudes de revisi�n e inconformidades que se presenten por un postulante en las convocatorias del fdc en cuanto a la participaci�n, calificaci�n o decisi�n sobre sus proyectos u otrosproyectos postulados a la convocatoria, solo podr�n ser presentadas en el curso de la convocatoria ohasta pasados 15 d�as calendario desde la publicaci�n de los resultados de la convocatoria.
Los proyectos pueden ser retirados por discrepancias entre el postulante y el equipo humano, o por irregularidades, falta de veracidad de la información, dudas o debates. el proyecto podr� ser retirado si durante el proceso de la convocatoria se detectan discrepancias entre el postulante y el equipo humano del proyecto actores, director, guionistas, coproductores, t�cnicos, artistas, entre otros.
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