Proceso de selección para la compra de 70 sillas unipersonales para la Institución Educativa Manuel Ángel Anachury. La modalidad es invitación pública, con un presupuesto oficial de **** criterio de selección es el menor precio. Las propuestas se recibirán hasta el 27 de julio de 2026. El plazo de ejecución del contrato es de 6 días a partir de la suscripción. No se requieren garantías por ser de mínima cuantía. La entrega se realizará en la oficina de rectoría de la institución.
El plazo de ejecución del contrato de compraventa se ejecutará en seis (06) días contados a partir de la fecha de suscripción.
El contrato será cancelado de forma al contado, previa certificación por parte del supervisor del contrato de acuerdo a los bienes entregados en la cotización presentada por el contratista seleccionado, previa entrega de acta de recibido a satisfacción y documento equivalente o factura.
Será adjudicado el contrato al proponente con la propuesta más baja en el precio, siempre y cuando cumpla con las condiciones técnicas mínimas exigidas por la institución.
Los proponentes deberán presentar su oferta en original y con la oferta técnica y económica debidamente diligenciada, descripción del bien y precio unitario del bien y valor total de la propuesta, las especificaciones técnicas de los bienes o servicios ofertados, certificado de existencia y representación legal, fotocopia de la cédula de ciudadanía, certificado de responsabilidad fiscal, certificado de antecedentes judiciales, certificado de medidas correctivas, certificado de antecedentes disciplinarios, certificado de aportes parafiscales, certificado de afiliación a seguridad social, copia del registro único tributario RUT, certificado de la cuenta bancaria y certificado de inhabilidades por causal de delitos sexuales cometidos a menores de edad.
Cuando el oferente no aporte a la oferta todos los documentos exigidos por la ley para esta clase de proceso; cuando se compruebe que un proponente ha interferido, influenciado, u obtenido correspondencia interna, proyectos de concepto de evaluación o de respuesta a observaciones, no enviados oficialmente a los proponentes; cuando se compruebe confabulación entre los proponentes que altere de cualquier manera la aplicación del principio de selección objetiva; cuando el proponente o alguno de sus integrantes se encuentre incurso en las causales de inhabilidades o incompatibilidad fijadas por la constitución y la ley; cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que no correspondan a la realidad que le permita cumplir un requisito mínimo; cuando el objeto social de la firma, incluido en el certificado de existencia y representación legal no faculta la sociedad para desarrollar la actividad materia de la futura contratación; cuando el oferente sea persona jurídica y se encuentre incurso en alguna de las causales de disolución o liquidación proferidas por autoridad competente; cuando se presente más de una oferta por un mismo oferente o se ostente la calidad de representante legal o socio de más de una persona jurídica participante en el presente proceso de selección; cuando el valor de la propuesta contenga precios artificialmente bajos; cuando la oferta no cumpla con las especificaciones técnicas mínimas exigidas; la no presentación de los documentos habilitantes dentro del término establecido en la invitación; cuando la oferta supere el valor máximo por ítem.
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