24/07/2026 - COLOMBIA | ATL | BARRANQUILLA
Iot/ Soluciones Iot
SUDITEC COLOMBIA S. A. S. - suministrar, instalar, configurar, integrar, poner en funcionamiento y entregar a satisfacción de EL CONTRATANTE la infraestructura tecnológica de cómputo, conectividad, energía y control que soporta la solución basada en Industria 4. 0 e Internet de las Cosas ( IoT) para el monitoreo agronómico y ambiental del cultivo de yuca.
Suministro, instalación, configuración, integración, puesta en funcionamiento y entrega de infraestructura tecnológica de cómputo, conectividad, energía y control para monitoreo agronómico y ambiental de cultivo de yuca. Servidor local, servicio nube, enrutadores, servicio IP fija, sistema puesto a tierra, gabinete exterior 12U, computadores portátiles, tablet.
AI helper
Contrato para el suministro, instalación y puesta en marcha de infraestructura tecnológica para monitoreo agronómico y ambiental de cultivo de yuca. El valor total es de **** COP. El plazo de ejecución es de 3 meses. El pago se realiza en dos contados: 50% al suministro y avance del 50%, y 50% tras la entrega total, puesta en funcionamiento y recibo final. Se requiere póliza de cumplimiento, calidad y responsabilidad civil extracontractual. La garantía de calidad y funcionamiento es de 12 meses.
El plazo de ejecución será de tres 3 meses, contados a partir de la suscripción del acta de inicio.
El contratante pagará el valor contractual así: primer pago: cincuenta por ciento 50% (****), una vez se haya acreditado el suministro y avance físico mínimo del cincuenta por ciento 50% del alcance. Segundo pago: cincuenta por ciento 50% (****), después de la entrega total, puesta en funcionamiento, capacitación, entrega documental y suscripción del acta de recibo final a satisfacción. El plazo de pago será de treinta 30 días calendario.
El contratista garantiza por doce 12 meses, contados desde el acta de recibo final, la calidad y el correcto funcionamiento de los equipos, instalaciones, integraciones y configuraciones.
Por atraso imputable a el contratista respecto del cronograma o de una obligación con fecha determinada, el contratante podrá aplicar un descuento equivalente al cero coma uno por ciento 0,1 del valor total del contrato por cada día calendario de atraso, hasta un máximo acumulado del diez por ciento 10%. En caso de incumplimiento grave o terminación por causa imputable a el contratista, este pagará a título de cláusula penal el veinte por ciento 20% del valor contractual.
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