Contratación directa para servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de redes eléctricas y luminarias en las IPS de la ESE Hospital Regional Noroccidental. El contrato es por un mes, con un valor estimado de **** COP. Los pagos se realizarán mensualmente previa presentación de informes y soportes. Se requiere profesional con 12 meses de experiencia y afiliación a seguridad social. El contratista asume riesgos comerciales y de incumplimiento. Se exigirán garantías de cumplimiento y calidad del servicio.
La duración del presente contrato es de un 01 mes, contados a partir del perfeccionamiento de la misma.
El valor del contrato es la suma de cuatro millones de pesos **** entidad, cancelará el valor del contrato en pago mensual presentando los siguientes soportes: 1. Informe de actividades. 2. Relación del servicio prestado y las correspondientes fichas técnicas de cada uno de los servicios prestados en las ips que conforman la entidad y evidencia fotográfica. 3. Informe de supervisión. 4. Planilla de seguridad social. 5. Certificado de afiliación de eps, afp y arl. 6. Certificado de cumplimiento expedido por el supervisor 7. Factura electrónica dse expedido por el supervisor.
Se solicitará al futuro contratista la suscripción de un mecanismo de cobertura del riesgo que tendrá por objeto garantizar los siguientes aspectos: cumplimiento del contrato 10% sobre el valor del contrato y calidad del servicio 10% sobre el valor del contrato.
Se requiere que la persona a contratar cumpla con las siguientes condiciones: 1. Formación académica: profesional. 2. Experiencia: doce 12 meses en las actividades que desarrolla el objeto contractual. 3. La hoja de vida según la ficha técnica debe ser subida al sigep ii y validada por subgerencia.
La empresa podrá establecer en sus contratos tres 03 modalidades de sanciones contractuales a saber: 1. Multas: tiene la finalidad de apremiar al contratista para que cumpla de manera adecuada y oportuna las obligaciones contractuales. 2. Cláusula penal: es la estipulación en virtud de la cual, las partes del contrato de manera anticipada pactan el valor de la indemnización correspondiente, al incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista. 3. Caducidad: estipulación en virtud de la cual, en caso de presentarse alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento por parte del contratista, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a la paralización del servicio, la empresa está facultada para que por medio de acto administrativo de por terminado el contrato y ordene su liquidación.
El contratista deberá cumplir con las condiciones requeridas así mismo deberá presentar y cargar la documentación de carácter jurídico y técnico solicitada dentro del presenté estudio dentro de las fechas que la ese hospital regional noroccidental, le indique de lo contrario la oferta podrá ser rechazada.
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