Orden de servicio para suministro e instalación de persianas verticales y cortinas enrollables tipo blackout y screen en la sucursal Bucaramanga. Incluye fabricación, transporte, instalación y puesta en funcionamiento. Duración hasta el 30 de diciembre de 2026. Pago por transferencia electrónica dentro de los 8 días hábiles siguientes a la radicación y aceptación de la factura. Se requiere certificación de estar al día en aportes a seguridad social. Garantías: no aplica. Cláusula penal del 10% del valor total por incumplimiento y 1 por mil diario por mora. No se permiten visitas al lugar de obra.
La duración de la orden será hasta el 30 de diciembre de 2026. El contratista debe radicar la factura el día hábil siguiente a la entrega y recibo de los bienes o prestación de los servicios. Fragmento: hasta el 30 de diciembre de 2026
Pago por transferencia electrónica dentro de los 8 días hábiles siguientes a la radicación y aceptación de la factura. Fragmento: pagados por transferencia electronica
Se establece garantía directa sobre fabricación e instalación de los elementos suministrados. No se exigen pólizas de cumplimiento. Fragmento: garantía directa: garantía sobre fabricación e instalación de los elementos suministrados
El contratista debe manifestar bajo la gravedad de juramento que no se halla incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad. Fragmento: manifiesta, bajo la gravedad de juramento, que ni los miembros de su órgano directivo ni su representante legal se hallan incursos en causal alguna de inhabilidad
Cláusula penal del 10% del valor total por incumplimiento y 1 por mil diario por retardo, sin exceder el 10%. Fragmento: una suma equivalente al diez por ciento 10 del valor total de esta
El banco puede terminar la orden por incumplimiento total o parcial, sin requerir declaración judicial. Fragmento: en caso de incumplimiento total o parcial de la orden por parte de el contratista, que no requerirá ser declarado judicialmente
El valor total es de cinco millones treinta y cinco mil trece pesos, más IVA. Fragmento: hasta la suma de cinco millones treinta y cinco mil trece pesos ****