21/09/2026 - COLOMBIA | Norte de Santander
Institucion Educativa Rural Puerto Barco
Papeleria 2026 - jorge omar carrillo barrientos - adquisición de papelería y útiles de oficina necesarios para el adecuado funcionamiento administrativo, académico y pedagógico de la institución educativa rural puerto barco vigencia 2026.
Adquisición de papelería y útiles de oficina 70 caja resma papel t. carta x10, 10 caja resma papel t. oficio x10, 6 kit tinta epson 544 15 rollo de papel bond 100 pliegos, 15 rollo papel kraft 100 pliegos, 15 rollo papel cartulina bristol plg 100 pliegos, 10 silicona líquida de 500 ml, 15 litro vinilo amarillo, 15 litro vinilo azul, 15 litro vinilo rojo, 12 grapadora mediana, 12 caja de grapa galvanizada 5 caja por, 18 colbones caja de marcador permanente por 10 u. colores 50 surtidos, 4 tíner original impresora ricoh im550, 120 folder de presentación oficio, tornillos metálicos 20, cinta tirro 4 cm 10, pistola de silicona grande 24, perforadora 56, micropuntas x unidad 150, sobre de manila tamaño carta x unidad 24, tijeras 7, 24 cinta para embalar ancha x 48 mm 80, silicona gruesa 30, tela quirúrgica x metro colores a escoger 20, resaltadores surtidos caja x 12 unidades
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Se requiere la adquisición de papelería y útiles de oficina para la Institución Educativa Rural Puerto Barco. La propuesta debe incluir impuestos y descuentos de ley. El plazo de ejecución es de 10 días calendario. La forma de pago es el 100% en un único pago tras la certificación de recibido. El criterio de selección es el menor valor. La oferta debe tener una validez mínima de 30 días. La presentación de la propuesta es en el municipio de Tibú o por correo electrónico.
Se estima un tiempo de desarrollo y ejecución del objeto contractual de diez 10 días calendario, contados a partir de la fecha de legalización del contrato y suscripción del acta de inicio.
La institución educativa rural puerto barco pagará al contratista el 100 del valor total del contrato, en un único pago, previa presentación de la certificación de recibido a satisfacción expedida por los supervisores del contrato.
El factor de selección que se aplicará es el menor valor, teniendo en cuenta siempre que no se comprometa la calidad y garantías del bien o servicio.
El proponente no debe estar incurso en las inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la ley **** de 2019 y ley 80 de ****.
Serán causales de rechazo de la propuesta cuando se ofrezca un plazo y valor superior a lo establecido en la invitación.
El valor total estimado es de ****, según el valor equivalente mencionado en la invitación.