Convocatoria para la producción de hasta ocho cortometrajes animados, cuyo desarrollo se adelantó en 2025. Busca fortalecer el ecosistema audiovisual bogotano, impulsar el talento local y posicionar a Bogotá como centro de producción de contenidos animados. Se asignarán estímulos de capital semilla, con una bolsa total de **** COP. El proceso se divide en dos fases: Fase I (asignación condicionada para estudios que participaron en 2025) y Fase II (convocatoria subsidiaria para capítulos no asignados en Fase I). Se requiere experiencia previa en producción audiovisual animada. Los proyectos seleccionados recibirán acompañamiento técnico y creativo. La fecha límite para la presentación de ofertas en Fase I es el 25 de marzo de 2026.
El plazo de ejecución del contrato es hasta el 31 de diciembre de 2026. plazo m�ximo establecido para la finalizaci�n y entrega de cada cap�tulo, fijado hasta el 30 de diciembre de 2026
Los desembolsos del estímulo se realizarán en entregas parciales vinculadas a hitos y entregables de producción. los desembolsos del est�mulo se har�n, �nicamente, si hay conformidad con los informes o avances a cargo del productor
Se requiere la constitución de garantías según lo estipulado en el contrato regulador del estímulo. constituci�n de garant�as seg�n lo estipulado en el contrato regulador del est�mulo
La evaluación considera viabilidad financiera, capacidad técnica y operativa, coherencia del plan de producción y continuidad creativa. En Fase II, se evalúan criterios artísticos, técnicos y de viabilidad financiera, con puntos adicionales por paridad de género y participación de adultos mayores. criterios art�sticos y t�cnicos hasta 50 puntos: capacidad t�cnica del estudio. . . viabilidad de producci�n y financiera hasta 50 puntos
Las personas jurídicas deben estar registradas en la Cámara de Comercio de Bogotá, tener un objeto social que abarque la realización de contenidos audiovisuales animados y un mínimo de tres años de existencia legal. Se requiere un productor y un creador con experiencia demostrable. persona jur�dica registrada en la c�mara de comercio de bogot�. objeto social que abarque la realizaci�n de contenidos audiovisuales animados. m�nimo tres 3 a�os de existencia legal
En caso de incumplimiento del contrato, el productor deberá devolver el estímulo recibido, sus intereses, indexaciones y pagar la sanción pecuniaria convenida, además de los perjuicios ocasionados. el productor deber� devolver el est�mulo que le hubiera sido desembolsado, sus intereses o indexaciones y pagar la sanci�n pecuniaria que se haya convenido
Se puede negar o invalidar la aprobación del proyecto por faltas éticas, irregularidades, falta de veracidad de la información, o si el postulante o sus vinculados han incurrido en inhabilidades o incompatibilidades. se podr� negar o invalidar la aprobaci�n del proyecto por considerar que el postulante o sus empleados. . . han incurrido en faltas �ticas
El valor total estimado para la bolsa de estímulos es de **** COP. se ha dispuesto una bolsa de mil seiscientos cuarenta millones de pesos colombianos ****