Proceso de selección de mínima cuantía para la compra de elementos e indumentaria para la banda marcial de la Institución Educativa Técnica Chicamocha de Tuta. El plazo de ejecución del contrato es de dos meses. El pago se realizará en un único pago al cumplimiento del objeto contractual. La presentación de ofertas se realizará exclusivamente a través de la plataforma SECOP II. El criterio de selección será el menor precio ofrecido.
El plazo de ejecución del contrato es de dos 2 meses, contados a partir del cumplimiento de los requisitos de firma, consagrados en el artículo 39 de la ley 80 de ****, perfeccionamiento, ejecución y pago consagrados en el artículo 41 de la ley 80 de ****, articulo 23 de la ley **** de **** y articulo **** del dcto **** de ****, y la suscripción de la forma del acta de inicio.
El municipio se compromete a pagar el valor del presente contrato así: un único pago al cumplimiento del objeto contractual, previa certificación de cumplimiento expedida por el supervisor, acompañada por el informe debidamente soportado y la acreditación del pago de aportes al sistema de seguridad social y parafiscales de acuerdo con lo señalado en el artículo 50 de la ley 789 de ****.
El contratista deberá constituir a favor del municipio de Tuta, la siguiente garantía: cumplimiento del 10 del valor del contrato, calidad y correcto funcionamiento de los bienes 10 del valor total del contrato y seis 6 meses más, vigencia hasta la liquidación del contrato o convenio.
El único factor de selección del contratista será el menor precio ofrecido, previa verificación de ciertos requisitos habilitantes.
Serán requisitos habilitantes del presente proceso de selección los siguientes: capacidad jurídica, requisitos mínimos para participar, documentos jurídicos de la propuesta, documentos técnicos de la propuesta, y experiencia general y específica.
En caso de mora o incumplimiento parcial de las obligaciones adquiridas por el contratista adjudicatario sin perjuicio de la declaratoria de la caducidad del contrato, el municipio de Tuta podrá imponer multas diarias equivalentes al uno por mil (****) del valor del contrato por cada día de mora o de incumplimiento total.
La propuesta será rechazada si el valor total está por encima del valor de referencia o si el valor unitario está por encima del valor de referencia del presupuesto oficial.
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