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SINDICATO DE PROFESIONALES DE LA SALUD " PROSALUD" - Asignación a los diferentes procesos y subprocesos habilitados en la ESE HOSPITAL MARCO FIDEL SUAREZ con competencias profesionales y especializadas para la atención a los pacientes tales como: PROFESIONAL EN MEDICINA GENERAL, PROFESIONAL ESPECIALISTA EN CUIDADO INTENSIVO O ANESTESIOLOGÍA; MEDICINA INTERNA; CIRUGÍA, GINECOLOGÍA, PEDIATRÍA, MEDICINA DE URGENCIAS; PROCESO DE ENFERMERÍA administración de camas, internación, atención inmediata, triage, cirugí
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El contrato es de naturaleza laboral colectiva por 61 días calendario (01/09/2026 al 31/10/2026). El valor final a facturar se calcula multiplicando el valor hora o pago mensual por las horas certificadas. El pago se realizará dentro de los sesenta (60) días siguientes a la presentación de la facturación. Las objeciones a la cuenta de cobro deben formularse dentro de los noventa (90) días calendario. La ejecución se desarrolla en las instalaciones del Hospital Marco Fidel Suárez (sedes Niquía y Autopista). Se exige certificación de afiliación y pago de seguridad social.
El plazo de ejecución del contrato sindical es de sesenta y uno 61 días calendario, comprendidos entre el 01 de septiembre y el 31 de octubre de 2026.
La ese cancelará a asociación sindical el valor de los pagos que corresponda dentro de los sesenta 60 días siguientes a la presentación de la facturación.
Se exigirá garantía de cumplimiento equivalente al 20 del igual al plazo de ejecución valor del contrato del contrato y cuatro 4 meses.
La asociación sindical debe certificar la afiliación y acreditar el pago de cotizaciones al sistema de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales.
Se pueden imponer multas de hasta el **** del valor del contrato por incumplimiento grave, o 0. 5 del valor por cada día de retardo.
Las objeciones se formularán a la asociación sindical hasta dentro de los noventa 90 días calendario siguientes a la presentación de la cuenta de cobro.
La realización de procedimientos no autorizados por la ese ni cubiertos por el régimen de seguridad social en salud vigente será causal de glosa.
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