Convenio interadministrativo entre el Distrito de Cartagena y la Escuela Taller Cartagena de Indias (ETCAR) para la formación integral de jóvenes en oficios asociados al patrimonio cultural. Ejecución hasta el 31/12/2026. El Distrito aporta **** y ETCAR **** del 40%, 30% y 30% previa presentación de informes. Se requiere garantía única de cumplimiento del 10% y de pago de salarios del 5%. Incluye formación de 60 aprendices en cocina y confecciones, nuevo curso de jardinería para 10 jóvenes, formación complementaria para 60, participación de 55 mujeres, vinculación laboral de 50 egresados y misión académica internacional para 6 aprendices.
El plazo de ejecución será hasta el 31 de diciembre de 2026, contado a partir de la suscripción del acta de inicio. el plazo de ejecución será hasta el treinta y uno 31 de diciembre de dos mil veintiséis 2026.
El Distrito desembolsará su aporte en tres pagos: 40% previa caracterización de estudiantes y cronograma, 30% con informe de ejecución del 30%, y 30% final con informe del 100%. un primer desembolso equivalente al 40 del valor total del aporte del distrito.
ETCAR debe constituir garantía única de cumplimiento por el 10% del aporte del Distrito y garantía de pago de salarios y prestaciones por el 5%. constituirá una garantía única de cumplimiento. . . diez por ciento 10 del aporte del distrito.
ETCAR debe aportar documentos como propuesta, decreto de creación, acto de nombramiento, RUT, certificados de antecedentes y experiencia. la escuela taller, deberá aportar los siguientes documentos, con miras a acreditar en la fase precontractual la capacidad jurídica.
Los riesgos previsibles se identifican en la matriz de riesgos, incluyendo continuidad de aprendices, disponibilidad del equipo formador, accidentes, retrasos en suministros y desviaciones presupuestales. los riesgos previsibles se identifican, asignan y tratan en la matriz anexa.
El valor del convenio se estima en **** valor del convenio se estima en la suma de ochocientos ochenta y dos millones setecientos veinticinco mil setenta pesos **** mcte.