El Instituto Nacional de Metrología (INM) de Colombia invita a presentar ofertas para el suministro e instalación de un sistema automatizado de apertura y cierre para la esclusa de carga. El proceso se desarrollará a través del sistema electrónico SECOP II. El valor estimado del contrato es de **** COP y el plazo de ejecución es de 2 meses. Se requiere que los proponentes acrediten experiencia similar y cumplan con especificaciones técnicas detalladas. La adjudicación se basará en la oferta de menor precio que cumpla con los requisitos. Se establecen criterios de desempate y causales de rechazo de ofertas. El contrato se considera de obra.
El plazo de ejecución será de dos 2 meses, contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfección y ejecución establecidos en el artículo 41 de la ley 80 de **** y firma del acta de inicio. Lo anterior sin superar la vigencia 2026.
El Instituto Nacional de Metrología pagará al contratista el valor del contrato en pesos colombianos, mediante un único pago una vez recibido el suministro e instalación del sistema automatizado de apertura y cierre para la esclusa de carga del inm a satisfacción y conforme a lo establecido en el contrato, previa presentación de la factura y los demás documentos relacionados con la ejecución contractual requeridos por el supervisor.
Se requieren garantías de cumplimiento, calidad del servicio, calidad y correcto funcionamiento de los bienes, estabilidad y calidad de obra, y salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales. La garantía de estabilidad y calidad de obra será por un año.
La entidad adjudicará el presente proceso a la oferta que contenga la mejor propuesta económica (menor valor) y cumpla con los requisitos habilitantes establecidos.
Los proponentes deberán allegar los documentos establecidos como requisitos habilitantes junto con la propuesta, los cuales solo serán verificados por el Instituto Nacional de Metrología al proponente que oferte el menor precio.
El Instituto Nacional de Metrología podrá imponer multas al contratista en caso de incumplimiento parcial, imperfecto o inoportuno del contrato o de cualquiera de las obligaciones adquiridas, equivalentes al uno por ciento (1%) del valor total del contrato por cada día de atraso o retardo en el cumplimiento de sus obligaciones, sin que en su totalidad excedan del diez por ciento (10%) del mismo. Adicionalmente, se contempla una cláusula penal pecuniaria equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato.
Los interesados tendrán un (1) día hábil para presentar observaciones y comentarios al contenido de la invitación pública y documentos anexos.
Serán rechazadas las propuestas cuando por su contenido impidan la selección objetiva, especialmente en casos como presentación extemporánea, incumplimiento de prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades, no presentación de la propuesta económica, o cuando el valor total de la propuesta supere el presupuesto oficial.
La entidad ha estimado el valor del contrato en la suma de veintitrés millones seiscientos cuarenta mil cuatrocientos treinta y dos pesos mcte (****).