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C farma - convenio para la preparacon de productos esteriles de central de mezclas y certificacion en buenas practicas d eelaboracion( bpe del hospital civil de ipiales
Convenio de asociación para preparaciones magistrales estériles, nutriciones parenterales, reempaque y reenvase de medicamentos no estériles de la central de mezclas, y para la obtención de certificación en buenas prácticas de elaboración. Medicamentos varios ( acetaminofén, ácido ascórbico, ampicilina sulbactam, cefalotina, cefazolina, ceftriaxona, claritromicina, clindamicina, dexametasona, dextrosa, diclofenaco, dipirona, elementos traza, emulsiones lipídicas, gentamicina, glutamina, hidrocortisona, hioscina dipirona, hioscina, hioscina bromuro, meropenem, metoclopramida, omeprazol, ondansetron, oxacilina, piperacilina tazobactam, solución salina normal, tramadol, vancomicina), Dispositivos médicos ( bolsa eva, equipo bureta, jeringa), Mano de obra ( nutriciones parenterales, minibolsas estériles reconstituidas, minibolsas estériles diluidas, reempaque de sólidos no estériles, reenvase de sólidos no estériles).
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Convenio de asociación entre el Hospital Civil de Ipiales E. S. E. y la Cooperativa de Gestión Farmacéutica Integral en Reorganización (CFarma) para la preparación de productos estériles, nutriciones parenterales, reempaque y reenvase de medicamentos no estériles, y obtención de certificación en Buenas Prácticas de Elaboración (BPE). El plazo de ejecución es hasta el 31 de diciembre de 2025 o hasta agotar presupuesto. El valor total del convenio es de ****, aportando el hospital **** y CFarma **** en especie. No aplica anticipo. Los desembolsos se realizarán de acuerdo con el servicio prestado y facturado. El asociado debe cumplir con las especificaciones técnicas, garantizar la calidad de los bienes, mantener vigente la certificación BPE y entregar suministros diariamente. Se establecen multas por incumplimiento, incluyendo atrasos, no entrega de información, incumplimiento de órdenes y cambios de personal. La cláusula penal es del 20% del valor del convenio en caso de incumplimiento no subsanado. Se requiere garantía de cumplimiento y calidad del servicio.
El plazo estimado para la ejecución del presente convenio será hasta el 31 de diciembre de 2025 o hasta agotar el presupuesto.
La empresa efectuará al asociado desembolsos parciales de acuerdo con el servicio realmente prestado, facturado y recibido a satisfacción por la supervisión.
El asociado deberá presentar la garantía de cumplimiento y calidad del servicio, ambas por el 10% del valor del convenio y vigencia de 4 meses más allá de la duración del contrato.
Se causarán multas por incumplimientos como no mantener licencias, no entregar información completa, atraso en la ejecución, incumplir órdenes, incumplir ofrecimientos de la propuesta, cambiar personal sin aprobación y atraso en obligaciones de seguridad social.
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