Se requiere la prestación de servicios como contratista independiente para apoyar la gestión del componente de Producción y Consumo Sostenible (PYCS) en el marco del contrato interadministrativo No. 361 de 2025. El contrato tiene una duración estimada de 11 días, sin superar la vigencia del convenio principal. El valor estimado del contrato es de **** COP. La modalidad de selección es contratación directa, basada en la idoneidad y experiencia del oferente. No se exigirán garantías. Los pagos se realizarán de forma parcial, previa entrega a satisfacción y presentación de la factura, sin anticipos. Se aplicarán multas diarias del 2% del valor total del contrato en caso de mora o incumplimiento, hasta un máximo del 10%. Se contempla una cláusula penal del 10% del valor del contrato en caso de declaratoria de caducidad o incumplimiento.
El plazo de ejecución del contrato es de 11 días, sin superar la vigencia del contrato o convenio interadministrativo.
Se realizarán pagos parciales previo recibo a satisfacción expedido por el supervisor del contrato, previa presentación de la factura o cuenta de cobro, adjuntando el comprobante del pago de aportes al sistema de seguridad social y parafiscales. No habrá lugar a anticipos.
El ITM se abstendrá de exigir garantías, dada la naturaleza del objeto, la forma de pago y las condiciones establecidas en el análisis de riesgos para minimizar estos, además, por considerar que no existe riesgo para la entidad, toda vez que el pago se hará una vez el contratista entregue el bien o servicio a entera satisfacción.
La contratación se realizará con quien cumple con los requisitos académicos señalados en el perfil para satisfacer la necesidad requerida por la institución, basándose en la idoneidad y experiencia.
En caso de mora o incumplimiento total o parcial, por parte del contratista, de alguna de las obligaciones surgidas del presente contrato, sin perjuicio de la declaratoria de caducidad del contrato, podrá el ITM imponer multas diarias sucesivas equivalentes al dos por ciento (2%) del valor total del contrato, sin que llegue a superar el diez por ciento (10%) del valor del contrato.
El valor estimado para esta contratación es de dos millones trescientos ochenta y cuatro mil doscientos cuarenta y tres pesos m. l ****.