Se contrata una conferencia sobre procesos culturales y de mediación de bibliotecarios. La duración será de una hora, a realizarse entre la formalización de la orden y diciembre de 2026. El valor es de **** (IVA incluido), con pago a 8 días hábiles. El contratista debe contar con la preparación requerida y cumplir normas de seguridad. Se aplicará cláusula penal del 10% por incumplimiento total o parcial y 1% diario por mora. La cesión de la orden requiere autorización escrita del Banco. El Banco puede dar por terminada la orden por incapacidad financiera, inhabilidad, incumplimiento de confidencialidad o incumplimiento total/parcial. Los derechos de autor de la obra se transfieren al Banco de forma irrevocable.
La duración de la presente orden será de una hora con ejecución a partir de la fecha de formalización de la orden de servicio hasta el mes de diciembre de 2026. la fecha de la conferencia será definida en mutuo acuerdo por las partes entre el banco y el contratista.
El banco reconocerá y pagará a el contratista la suma de quinientos cinco mil cien pesos **** iva incluido, y será a través de transferencia electrónica o cheque. los pagos mencionados en la presente cláusula se efectuarán dentro de los ocho 8 días hábiles inmediatamente siguientes a la fecha de prestación del servicio.
El contratista, con la firma del presente documento manifiesta, bajo la gravedad de juramento, que ni los miembros de su órgano directivo ni su representante legal se hallan incursos en causal alguna de inhabilidad yo incompatibilidad para celebrar esta orden.
El contratista, para asegurar el cumplimiento debido y oportuno de las obligaciones que adquiere mediante esta orden, se sujeta a pagar a el banco, a título indemnizatorio, una suma equivalente al diez por ciento 10 del valor total de esta, en caso de no ejecutar de manera total o ejecutar parcialmente tales obligaciones. En caso de retardo de el contratista en el cumplimiento de sus obligaciones derivadas de la presente orden, deberá pagar a el banco, a título indemnizatorio, la suma correspondiente al uno por mil 1 del valor total de la orden, por cada día de atraso, sin exceder en ningún caso el diez por ciento 10 del valor total de la orden.
El contratista declara que conoce el código de conducta de el banco publicado en https:www. banrep. gov. coescodigo conductanuestrocompromiso y declara: 1. que conoce y adopta el código de conducta de el banco, en particular los lineamientos allí establecidos para conflictos de interés, regalos o invitaciones de terceros y 2. que no tiene, ni se encuentra en situación de conflicto de interés para suscribir y ejecutar la presente orden y que la pondrá en conocimiento de el banco en caso de que llegara a presentarse.
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