Contrato de compraventa de futuros activos eléctricos para distribución de energía en Medellín. El valor estimado es de ****,00. El vendedor debe entregar los activos construidos e instalados e incluir una cláusula específica en el reglamento de propiedad horizontal. El comprador pagará 30 días después de la radicación de la factura y la inscripción de la titularidad. El plazo de ejecución del contrato es hasta el 31 de diciembre de 2028.
El plazo de ejecución del contrato es hasta el 31 de diciembre de 2028.
El valor será pagado por el comprador a el vendedor dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de radicación de la factura de venta o documento equivalente, y la declaración de la titularidad del derecho de dominio de los activos eléctricos a nombre de el comprador en el reglamento de propiedad horizontal del proyecto, previo el recibo de los activos a satisfacción de el comprador.
El vendedor deberá aportar certificación expedida por el revisor fiscal cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal de el vendedor, sobre el cumplimiento de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes parafiscales caja de compensación familiar, instituto colombiano de bienestar familiar y servicio nacional de aprendizaje, cuando a ello haya lugar, durante los seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato.
En caso de incumplimiento de el vendedor de cualquiera de las obligaciones contenidas en el presente contrato, el comprador podrá cobrar a el vendedor a título de cláusula penal pecuniaria una suma equivalente al cien por ciento (100%) del valor total del contrato.
El vendedor declara que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad, previstas en la constitución y la ley.
El valor estimado de los activos eléctricos a que se refiere la cláusula segunda de este contrato es de diez millones ciento noventa mil quinientos veinticuatro pesos ****,00.