Prestación de servicios profesionales para realizar actividades de enfermería en el programa de enfermedades no trasmisibles crónicas del hospital san carlos e. S. E.
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Contrato de prestación de servicios profesionales para enfermería en programa de enfermedades no transmisibles crónicas. Duración: 3 meses. Valor: ****,00. Pago mensual o proporcional. El contratista debe cumplir con ética profesional, bioseguridad, actualizarse en patologías, respetar derechos del paciente, usar equipos adecuadamente, responder por fallas, mantener buenas relaciones laborales, reportar actividades mensualmente, realizar inducción y capacitación al personal, cumplir con el reglamento de higiene y seguridad, participar en gestión de calidad, cargar información en software Sys Higea, y presentar afiliación a seguridad social. El hospital suministrará elementos necesarios y cancelará valores. Se requiere póliza de responsabilidad civil extracontractual. Supervisión ejercida por subdirector administrativo y financiero y funcionario asistencial delegado por el gerente. No se permite cesión ni subcontratación sin autorización. Se requiere certificado de disponibilidad presupuestal, registro presupuestal, cédula, RUT, certificados de antecedentes (disciplinarios, fiscales, judiciales, etc. ), y afiliación y pago a seguridad social.
El plazo de ejecución del contrato es de tres (3) meses, contados a partir de la aprobación de la garantía contractual y suscripción del acta de inicio.
El valor del contrato se cancelará mensualmente o proporcionalmente al tiempo servido en tres cuotas, previa legalización y certificación de cumplimiento.
Se requiere una póliza de responsabilidad civil extracontractual que ampare el riesgo por falla del servicio médico en cuantía no inferior a 60 smlmv.
Se requiere certificado sobre antecedentes disciplinarios, fiscales, judiciales, registro nacional de medidas correctivas, registro de deudores alimentarios morosos, inhabilidades por delitos sexuales, y afiliación y pago al sistema de seguridad social integral.
En caso de incumplimiento, la ESE podrá imponer multas diarias sucesivas equivalentes al 1% del valor del contrato, sin superar el 10% del total, o dar por terminado el contrato unilateralmente.
El contratista responderá civil y penalmente por sus acciones y omisiones. Se pueden aplicar sanciones pecuniarias por incumplimiento de confidencialidad.
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