06/07/2026 - COLOMBIA
Carlos mario orrego zuluaga - servicios como asesor juridico de la ese hospital san rafael
Prestación de servicios jurídicos para el apoyo de los diferentes procesos del Hospital San Rafael de Angostura Antioquia. Servicios jurídicos integrales, asesoría en salud, laboral y contractual, elaboración de minutas, informes jurídicos, proyección de derechos de petición, respuestas a derechos de petición, interposición de recursos, solicitudes de revocatoria directa, trámites administrativos, elaboración y respuesta de acciones de tutela, respuestas a procesos administrativos, interpretación y aplicación de textos legales, jurisprudencias y doctrina, representación en procesos judiciales, defensa técnica de procesos judiciales y administrativos, asistencia en conciliaciones prejudiciales, asesoría y asistencia en negociación de procesos, contratos y convenios, asistencia a secretaría del comité de conciliaciones, emisión de conceptos jurídicos, coordinación, asesoría y asistencia en revisión y redacción de minutas, contratos y oficios, revisión, ajuste y resolución de problemas en áreas de contratación,
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Contrato de prestación de servicios jurídicos para el Hospital San Rafael de Angostura Antioquia. El objeto incluye asesoría en salud, laboral y contractual, elaboración de minutas, informes jurídicos, proyección de derechos de petición y respuestas, interposición de recursos, trámites administrativos, acciones de tutela, defensa técnica en procesos judiciales y administrativos, asistencia en conciliaciones, asesoría en negociación de contratos y convenios. El valor total del contrato es de ****, con pagos mensuales de **** plazo de ejecución es hasta el 31 de diciembre de 2026. Se requiere acompañamiento ante entes de control y gestión de convenios interadministrativos.
El plazo de ejecución del contrato será hasta el 31 de diciembre de 2026.
El pago se efectuará en un término no mayor a quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de recibo por el contratante de la cuenta de cobro respectiva, a razón de seis cuentas por valor de tres millones setecientos ochenta mil pesos m. l. (****) mensual.
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