Proceso de mínima cuantía para la compraventa de 80 medidores de agua. El plazo de ejecución es de 30 días calendario desde la suscripción del acta de inicio. El pago se realiza en un solo pago final contra entrega a satisfacción. Se requiere experiencia mínima de 3 contratos homologables. La garantía de cumplimiento es del 20% del valor del contrato por 4 meses más, y del 30% por calidad y correcto funcionamiento por 1 año más. El factor de selección es el menor precio. Las ofertas se presentan a través del SECOP II. El valor estimado es de **** IVA incluido.
El plazo del contrato será desde la suscripción del acta de inicio y hasta por 30 treinta días calendario en la vigencia fiscal 2026.
La cancelación de los valores contratados se efectuará en un solo pago final dada la ejecución del contrato previas actas de supervisión de acuerdo a la entrega de los informes de cumplimiento del objeto contractual, a entera satisfacción de la entidad.
El contratista constituirá a su costa y a favor del municipio una garantía única, consistente en una póliza, expedida por una compañía de seguros legalmente instituida en Colombia, o mediante garantía bancaria, la cual cubrirá los posibles perjuicios que se deriven del incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales de la contratista.
El factor de selección es el precio, la evaluación se hará de conformidad con la suma aritmética de la propuesta la económica presentada y así sucesivamente hasta que se adjudique. La adjudicación se hará al proponente habilitado que presente el menor valor total de la sumatoria de los valores ofertados.
Para personas jurídicas y/o naturales: tener capacidad jurídica, la cual se establece de conformidad con la documentación aportada por el oferente con respecto a los requisitos de ley para la contratación administrativa.
La entidad estatal debe publicar el informe de evaluación durante mínimo un 1 día hábil, para que durante este término los oferentes presenten las observaciones que deberán ser respondidas por la entidad estatal antes de realizar la aceptación de la oferta seleccionada.
Será causal de rechazo cuando el valor total y/o unitario corregido de la oferta económica para el actual proceso exceda el presupuesto oficial establecido. La persona obligada a facturar IVA debe discriminarlo so pena de rechazo de la oferta.
Se fija el valor del contrato la suma de veinti tres millones novecientos catorce mil doscientos catorce de pesos mcte ****, iva incluido.