Contrato de prestación de servicios profesionales especializados en derecho para asesoría jurídica integral y acompañamiento legal al Instituto Municipal de Cultura de Yumbo. El objetivo es fortalecer el sector cultural, garantizando el cumplimiento de la normatividad y la correcta gestión administrativa. El plazo de ejecución es hasta el 31 de octubre de 2026. El valor estimado es de **** COP. Se pagará en cuatro cuotas mensuales. No se exigen pólizas de garantía, pero se aplicarán multas y cláusula penal en caso de incumplimiento. El lugar de ejecución es el municipio de Yumbo.
El plazo para la ejecución del contrato será contado a partir de la suscripción del acta de inicio previa la legalización de este y hasta el 31 de octubre de 2026. La vigencia del contrato no podrá exceder al 31 de diciembre de 2026.
El contratante cancelará el valor del contrato en cuatro cuotas, por valor de **** cada una, las cuales se pagarán el último día hábil de cada mes de julio, agosto, septiembre y octubre de 2026. Los pagos se realizarán con la presentación del acta de supervisión del contrato y el pago de la seguridad social.
Al análisis de riesgos plasmados en el numeral 2. 10 de los presentes estudios previos, no se exigirá al contratista constitución de póliza, pero en el evento de incumplimiento deberá pagar una multas y cláusula penal pecuniaria equivalente al diez por ciento 10 del valor total del contrato.
El contratista deberá presentar fotocopia del RUT, formulario único de hoja de vida SIGEP II y declaración juramentada, fotocopia de la cédula de ciudadanía, propuesta de servicios, certificado del examen de salud preocupacional, fotocopia de la tarjeta militar de reservista (varones menores de 50 años), certificado de antecedentes judiciales vigente, certificado de antecedentes disciplinarios, certificado de responsabilidad fiscal, certificado del sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas (RNMC), REDAM, hoja de vida normal y planilla de seguridad social.
En el evento de incumplimiento deberá pagar una multas y cláusula penal pecuniaria equivalente al diez por ciento 10 del valor total del contrato.
Para todos los efectos legales y fiscales se estima el valor del presente contrato en la suma de veintisiete millones de ****.