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La prestación de servicios de asesoría en la implementación del sistema obligatorio de garantía de la calidad y el programa de auditoría para el mejoramiento de la calidad, pamec dando aplicación a l
Prestación de servicios de asesoría en la implementación del sistema obligatorio de garantía de la calidad y el programa de auditoría para el mejoramiento de la calidad, PAMEC. Asesoría en formulación e implementación del programa de auditoría para el mejoramiento de la calidad ( PAMEC), asesoría en documentación, estandarización y medición de procesos, apoyo en formulación, seguimiento y evaluación del plan de desarrollo institucional, apoyo en elaboración de informes de gestión, formulación y diseño de indicadores y metas, definición de responsables de seguimiento a indicadores, implementación de auditorías de seguimiento al cumplimiento en habilitación, establecimiento de mecanismos de retroalimentación, actualización del REPS y novedades, seguimiento a riesgos inherentes a la prestación de servicios de salud, seguimiento a la gestión de eventos adversos, auditoría semestral al funcionamiento integral de comités institucionales, presentación de informes de actividades realizadas.
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Contrato de prestación de servicios para asesoría en implementación del sistema obligatorio de garantía de la calidad y programa de auditoría (PAMEC). Valor: ****: 01 de julio al 30 de septiembre de 2026. Pago: 10 días hábiles tras presentación de factura, previa certificación del supervisor. El contratista no tendrá derecho a prestaciones distintas a lo pactado. El contratista prestará servicios en la ESE Hospital Antonio Roldán Betancur. Se requiere afiliación a seguridad social y trato humano. El contrato termina por voluntad de las partes, mutuo acuerdo, cumplimiento, incumplimiento, vencimiento del plazo o causas legales. No se requiere póliza de garantías. Prohibida la cesión del contrato. Supervisión a cargo de Magda Eliana Ortiz Arroyave. Solución de controversias mediante conciliación o medios alternativos.
El contratista ejecutará el objeto del contrato desde la firma del acta de inicio y hasta el 30 de septiembre de 2026.
Los pagos se realizarán dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de presentación de la factura, previa certificación expedida por el supervisor del contrato.
Considerando la naturaleza del objeto contractual, el tipo de actividades y la forma de pago, se considera que no será necesario el amparo a través de pólizas.
El contratista declara bajo juramento no encontrarse incurso en causales de inhabilidad e incompatibilidad y se compromete a informar si sobrevienen.
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