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PROGRAMA DE SEGUROS HOSPITAL - Contratar las pólizas de seguros todo riesgo daño material, responsabilidad civil extracontractual, manejo, responsabilidad civil clínicas y hospitales, responsabilidad civil de servidores públicos, automóviles, infidelidad y riesgo financieros y SOAT, requeridas para la protección de los bienes e intereses patrimoniales del TOMADOR.
Contratar pólizas de seguros todo riesgo daño material, responsabilidad civil extracontractual, manejo, responsabilidad civil clínicas y hospitales, responsabilidad civil de servidores públicos, automóviles, infidelidad y riesgo financieros y SOAT. Pólizas de seguros todo riesgo daño material, responsabilidad civil extracontractual, manejo, responsabilidad civil clínicas y hospitales, responsabilidad civil de servidores públicos, automóviles, infidelidad y riesgo financieros, SOAT.
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Contratación de pólizas de seguros para la protección de bienes e intereses patrimoniales del Hospital Departamental Mario Correa Rengifo E. S. E. Modalidad de mínima cuantía. El valor total del contrato es de **** fecha de apertura y publicación del proceso es el 17 de julio de 2026. El criterio de selección se basa en la aceptación del presupuesto y el cumplimiento de especificaciones técnicas. Se requiere cumplimiento de requisitos jurídicos y financieros para la habilitación.
El plazo de ejecución del contrato es hasta el 31 de diciembre de 2026.
Se pagará en tres cuotas iguales: la primera dentro de los 30 días, la segunda a los 60 días y la última a los 90 días de expedidas las pólizas.
Se solicita garantía de cumplimiento, pago de salarios y prestaciones sociales, y responsabilidad civil extracontractual.
El proponente acepte el presupuesto designado y cumpla con las especificaciones técnicas.
Se verificará el cumplimiento de requisitos jurídicos y financieros, los cuales son necesarios para que la oferta sea considerada.
El acto administrativo de declaratoria de desierto es impugnable a través del recurso de reposición.
Se rechazarán propuestas si el objeto social del proponente no tiene relación con el objeto a contratar, si la propuesta económica excede el presupuesto oficial, o si no se acoge a la forma de pago establecida.
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