Contratación de insumos para el proyecto de ampliación del tiempo escolar. El plazo de ejecución es de 10 días a partir de la firma del contrato. El valor estimado es de **** COP. El pago se realizará en un solo giro dentro de los 10 días hábiles siguientes a la entrega a satisfacción. Se requiere experiencia previa en contratos similares.
El plazo de ejecución es de 10 días contados a partir de la fecha de la firma del contrato, con cortes de entrega de acuerdo al cronograma acordado entre la institución educativa y el contratista.
El valor del contrato será cancelado a través de transferencia electrónica, a nombre del primer beneficiario contratista en un solo pago dentro de los diez 10 días hábiles siguientes al cumplimiento a satisfacción del objeto del presente contrato.
No se impone la constitución de póliza, sin embargo, el bien o servicio que se pretende contratar debe tener una garantía en tiempo expresa en la cotización, con el fin de salvaguardarlo.
La ied adjudicará el proceso de contratación al oferente que cumpla con todas las condiciones exigidas por la entidad estatal en los documentos del proceso estudios previos e invitación a participar, siempre y cuando se encuentre habilitado y obtenga mayor puntaje en la evaluación final. El criterio principal es el menor precio (IVA incluido).
Se requiere presentar carta de presentación de la propuesta, propuesta económica y especificaciones técnicas, certificación de cumplimiento artículo 50 Ley 789 de **** y Ley 828 de ****, copia del último pago de seguridad social, fotocopia de cédula de ciudadanía, libreta militar, certificado de cámara de comercio, registro único tributario (RUT), registro información tributaria (RIT), certificados de antecedentes disciplinarios, judiciales y de deudores alimentarios morosos, certificación bancaria y máximo tres certificaciones de contratos ejecutados.
Se podrán pactar multas al contratista que incumpla con alguna de las obligaciones establecidas en el contrato, equivalentes al uno por ciento (1,0%) por cada semana de retardo, sin exceder el 20% del valor total del contrato. Se podrá pactar una cláusula penal pecuniaria equivalente al 20% del valor total del contrato.
Se pueden rechazar propuestas por no subsanar requerimientos, por inhabilidades o incompatibilidades, por presentar varias propuestas el mismo oferente, por inconsistencias que imposibiliten la selección objetiva, por valor artificialmente bajo, por no estar a paz y salvo en seguridad social, por falsedad en la información, por intereses patrimoniales en otras sociedades participantes, por presentación extemporánea o incompleta, por superar el presupuesto oficial, por indicar valores en moneda extranjera, por desacuerdo o condicionamiento para la suscripción del contrato, por colusión entre oferentes, por incumplimiento del compromiso anticorrupción, por objeto social no relacionado, por incumplimiento de requisitos habilitantes, por manifestar desacuerdo con la publicidad de la propuesta, por errores aritméticos o por no indicar marca de los elementos.
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