El contrato es para la prestación integral de servicios de radiología y ayudas diagnósticas en la Clínica Deval, Cali. El contratista debe suministrar e instalar equipos como ecógrafo doppler, rayos X convencional y portátil, mamógrafo, tomógrafo y arco en C. Debe garantizar servicio 24/7 con personal médico y tecnólogo. El canon de arrendamiento mensual es de **** COP. La visita a instalaciones es informativa y no obligatoria. La evaluación considera factor económico (40 puntos), técnico (50 puntos) y estímulo a la industria nacional (10 puntos). Se requiere experiencia en contratos similares y cumplir con requisitos financieros y técnicos.
El inicio de operación debe ser dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la suscripción de la carta de inicio, según el numeral 20 de las condiciones técnicas.
El pago se realizará mediante pagos mensuales anticipados del canon de arrendamiento, dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes, consignado en el Banco de Occidente, según el numeral 9 de las condiciones técnicas.
El contratista debe constituir una póliza de todo riesgo de maquinaria y equipo (TRM/OTREC) para cubrir daños a los equipos, según el numeral 66 de las condiciones técnicas.
La propuesta seleccionada será aquella que obtenga los mayores puntajes al consolidar los aspectos técnicos y económicos, ponderando factor económico (40 puntos), factor técnico (50 puntos) y estímulo a la industria nacional (10 puntos).
El proponente debe acreditar su inscripción al Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS) y la inscripción del servicio de imágenes diagnósticas ionizantes y no ionizantes, según el numeral 32 de las condiciones técnicas.
El incumplimiento del plazo de pago del canon de arrendamiento acarreará un interés del cero punto cinco por ciento (0. 5%) del valor dejado de cumplir, por cada día de retraso y hasta por quince (15) días calendario, según el numeral 9 de las condiciones técnicas.
La visita a las instalaciones es de carácter informativo y no es requisito habilitante ni de obligatorio cumplimiento, según el anexo 2, numeral 1. 1. 6.
Las ofertas que superen el valor total establecido en el presupuesto oficial no serán habilitadas económicamente, según el anexo 2. 1, factor económico.
El presupuesto oficial no se indica explícitamente en el texto, pero se menciona un valor de **** COP en la información extraída del sitio web.