Licitación para mejoramiento y recuperación de superficie de rodadura mediante reparcheo asfáltico en vAÂas urbanas de OcaA±a, Norte de Santander. El valor estimado es de **** COP. El plazo de ejecución es de 1 mes. El pago se realiza en un único desembolso al finalizar el contrato. La presentación de ofertas es hasta el 16 de julio de 2026. El proceso es de mAÂnima cuantAÂa y limitado a MIPYMES.
El plazo total para la ejecución del contrato será de un 1 mes, contado a partir del inicio en la plataforma SECOP II.
El pago se realizará en un 1 único desembolso correspondiente al 100% del valor del contrato, una vez finalizada la ejecución total de las actividades contratadas y previa verificación, revisión y aceptación por parte del supervisor designado por la entidad, mediante la suscripción del acta de recibo final a satisfacción. No se contempla la entrega de anticipos.
La selección del contratista se realizará a través del proceso de contratación SVIV MINC 016 de 2026. La entidad evaluará las ofertas con base en las reglas establecidas en la invitación y en la normativa aplicable.
El plazo para recepción de observaciones a la invitación es hasta el 15 de julio de 2026 a las 6:00 pm.
Son causales de rechazo de las propuestas las siguientes: que el proponente o alguno de los integrantes del proponente plural esté incurso en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición previstas en la legislación para contratar; cuando una misma persona natural o jurAÂdica o integrante de un proponente plural presente o haga parte en más de una propuesta; que el proponente o alguno de los integrantes del proponente plural esté reportado en el boletAÂn de responsables fiscales; que la persona jurAÂdica proponente individual o integrante del proponente plural esté incursa en la situación descrita en el numeral 1 del artAÂculo 38 de la ley **** de ****; que al proponente se le haya requerido con el propósito de subsanar o aclarar o aportar un documento de la propuesta y no lo efectúe dentro del plazo indicado o no lo realice correctamente o de acuerdo con lo solicitado, siempre que la subsanación, aclaración o aporte requerido sea necesario para cumplir con un requisito habilitante; que el proponente aporte información inexacta sobre la cual pueda existir una posible falsedad; que el proponente se encuentre inmerso en un conflicto de interés previsto en una norma de rango constitucional o legal o en la causal prevista en el numeral 1. 14; que el objeto social del proponente, en caso de que se trate de una persona jurAÂdica, o el de sus integrantes, tratándose de proponentes plurales, no le permita ejecutar el objeto del contrato; que el valor total de la oferta o el obtenido de la corrección aritmética exceda el presupuesto oficial estimado del proceso de contratación; presentar la oferta con tachaduras o enmendaduras en alguno de los documentos que acreditan los requisitos habilitantes o los factores de evaluación de la oferta y no están convalidadas en la forma indicada en la sección 3. 3; que el proponente adicione, suprima, cambie o modifique los AÂtems, la descripción, las especificaciones, el detalle, las unidades o cantidades seA±aladas en el formulario 1; no ofrecer el valor de un precio unitario u ofrecerlo en cero 0 pesos; superar el valor unitario de alguno o algunos de los siguientes AÂtems ofrecidos con respecto al valor fijado para cada AÂtem del presupuesto oficial; no discriminar en la oferta económica el porcentaje de AIU en la forma como lo establece la invitación y el formulario 1; ofrecer como AIU un porcentaje cuya sumatoria sea superior al establecido por la entidad en el formulario 1; cuando se presente propuesta condicionada para la aceptación de la oferta; presentar más de una oferta económica con valores distintos; presentar la oferta extemporáneamente; no presentar oferta económica; cuando se determine que el valor total de la oferta es artificialmente bajo; cuando se presenten propuestas parciales y esta posibilidad no haya sido establecida en la invitación; no informar todos los contratos que el proponente tenga en ejecución antes del cierre de este, necesarios para acreditar su capacidad residual; ofrecer un plazo mayor al previsto por la entidad; ofrecer condiciones particulares del proyecto de inferior calidad, personal profesional sin los requisitos mAÂnimos actividades por ejecutar y su alcance, forma de pago, obras provisionales, permisos, licencias y autorizaciones, notas técnicas especAÂficas y documentos técnicos adicionales, en condiciones diferentes a las establecidas por la entidad; cuando el representante legal de la persona jurAÂdica tenga limitaciones para comprometer a la sociedad y no cuente con la autorización suficiente del órgano social; cuando el que presenta oferta o alguno de los miembros del proponente plural no acredita la condición de MIPYME y, en consecuencia, no diligencia el formato 9 y los soportes requeridos, y no subsana la entrega de estos documentos; cuando la entidad estatal encuentre que la propuesta aportada por un proponente plural se realice con un usuario del SECOP II diferente al de la unión temporal o consorcio en SECOP II; las demás previstas en la ley.
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