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Contrato interadministrativo de mandato o administración delegada sin representación para la gerencia y administración de los recursos para el mantenimiento y mejoramiento de los restaurantes escolare - contrato interadministrativo de mandato o administración delegada sin representación para la gerencia y administración de los recursos para el mantenimiento y mejoramiento de los restaurantes escolares de los centros educativos rurales la virgen, teresita obando y la institución educativa rafael j. Mejía del
Mantenimiento y mejoramiento de restaurantes escolares Retiros y demoliciones de cubierta en fibrocemento o asbesto, cemento en mal estado, tubería eléctrica, demolición de piso en concreto, demolición de piso o enchape en cerámica, demolición revoque muros, demolición banca o mesón en concreto, movimientos de tierra, llenos en material de excavación, pisos en concreto, construcción de muros de mampostería en ladrillo, cubierta en teja fibrocemento, carpintería metálica y madera ( puertas y ventanas), divisiones, muebles y mesones en acero inoxidable, redes hidrosanitarias ( abastos y aguas residuales), instalaciones eléctricas ( cajas, canalizaciones, cableado, salidas de energía), red de gas ( tubería, válvulas, regulador), revoques y enchapes, guardaescobas, estucos y pinturas, cielos falsos en pvc, y transporte.
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Contrato interadministrativo de mandato para el mantenimiento y mejoramiento de restaurantes escolares en centros educativos rurales de Tímesis, Antioquia. El plazo de ejecución es de 3 meses, a partir de la suscripción del acta de inicio, sin superar el 31 de diciembre de 2026. El valor total del proyecto es de **** contratista asume todos los gastos y riesgos, y debe rendir cuentas al municipio. Se requiere cumplimiento de normas técnicas colombianas (NTC) y se detallan múltiples ítems de obra, desde demoliciones hasta instalaciones eléctricas y redes.
El plazo es de 3 meses quince 15 días, contados desde la suscripción del acta de inicio.
El desembolso se realiza 30 de anticipo con la legalización del contrato de obra y el 70 restante mediante actas parciales de obra.
La entidad no exigir garantías al delegatario por tratarse de una contratación directa entre dos entidades públicas de administración de recursos.
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