COLOMBIA
Auxiliar de enfermeria ebs - contribuir a mejorar la salud y el bienestar de las personas, familias y comunidades, mediante la prestación de cuidados integrales de enfermería, la promoción de la salud y la prevención de enfermedades en el marco de los e. B. S ( zona urbana)
Prestación de servicios de auxiliar de enfermería para contribuir a mejorar la salud y el bienestar de las personas, familias y comunidades, mediante la prestación de cuidados integrales de enfermería, la promoción de la salud y la prevención de enfermedades en el marco de los E. B. S. ( Zona Urbana).
AI helper
Contrato de prestación de servicios para auxiliar de enfermería en Zarzal, Valle del Cauca. El objeto es brindar cuidados integrales de enfermería, promoción de la salud y prevención de enfermedades. Duración hasta el 30 de septiembre de 2026. Valor total: **** contrato se rige por el derecho privado. El contratista debe cumplir con obligaciones específicas como atención integral, promoción de la salud, seguimiento de pacientes, colaboración con el equipo de salud, participación en actividades comunitarias, recopilación de información en salud, apoyo a la lactancia materna, educación para la salud, toma de muestras de laboratorio y vacunación. El hospital tiene obligaciones de poner a disposición información, realizar actividades necesarias, pagar cuentas y prestar colaboración. Se establecen cláusulas de terminación, modificación e interpretación unilaterales, caducidad administrativa, indemnidad, inhabilidades e incompatibilidades, y penal pecuniaria del 10% del valor del contrato en caso de incumplimiento. No se exige garantía única. La supervisión estará a cargo del subdirector científico.
El plazo del presente contrato es hasta el 30 de septiembre de 2026 desde la firma del acta de inicio.
Pagos parciales, previo cumplimiento de los requisitos e informe del supervisor.
No se exigirá garantía única al contratista.
El contratista declara bajo la gravedad del juramento no encontrarse incursa en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad.
En caso de incumplimiento de las obligaciones de cualquiera de las partes, la parte incumplida indemnizará a la otra en una cuantía del diez por ciento (10%) del valor del contrato.
El contratista declara que conoce, comprende y da cabal cumplimiento a las leyes anticorrupción colombianas.
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