26/05/2026 - COLOMBIA | MAG | SANTA ANA Ciudad Pequeña
Alcaldía Santa Ana Magdalena
CONVOCATORIA No. 008 DE 2026 - APOYO A LA PROMOCIÓN, DIFUSIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LAS EXPRESIONES ARTÍSTICAS Y CULTURALES EN EL CORREGIMIENTO DE SAN FERNANDO DEL MUNICIPIO DE SANTA ANA - MAGDALENA
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La ejecución del objeto del presente convenio será de dos (02) días, contados desde el cumplimiento de los requisitos de ejecución previstos en el artículo 41 de la ley 80 de ****, adicionado por el artículo 23 de la ley **** de **** y suscrito el acta de inicio del convenio.
El cien por ciento (100%) del valor total del aporte del municipio de Santa Ana al convenio, será cancelado en un solo pago, previa presentación del informe del cumplimiento de las actividades, metas e indicadores en un 100% y la certificación de recibo de satisfacción expedida por parte del supervisor del respecto del cumplimiento de metas e indicadores, presentación del informe respectivo donde se debe señalar el cumplimiento de las actividades, la suscripción del acta de recibo final a satisfacción por parte del supervisor del convenio, que demuestren a entera satisfacción el cumplimiento del objeto convenido.
La esal adjudicataria se obliga a constituir a favor del municipio de Santa Ana Magdalena, una garantía que avalará el cumplimiento de las obligaciones surgidas del convenio, expedida por una compañía de seguros establecida legalmente en Colombia, debiendo incluir como riesgos amparados: a. Cumplimiento del convenio: 10% del aporte del municipio, vigencia igual a la duración del convenio y seis (6) meses más. b. Calidad del servicio: 10% del aporte del municipio, vigencia igual a la duración del convenio y seis (6) meses más. c. Responsabilidad civil extracontractual: 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), y vigencia igual al plazo del convenio.
El municipio de Santa Ana suscribirá el convenio con la esal cuya propuesta haya cumplido con los requisitos habilitantes jurídicos, de experiencia, capacidad operacional, técnicos y financieros, y haya obtenido en la evaluación de los criterios el mayor puntaje.
Las entidades sin ánimo de lucro deberán cumplir con la documentación exigida en el capítulo III, incluyendo requisitos jurídicos (certificados de existencia y representación legal, objeto social, etc. ), experiencia del proponente, reputación, indicadores de eficiencia, y presentar una propuesta económica y un plan de trabajo.
Las solicitudes se responderán mediante comunicación escrita por la misma plataforma SECOP II.
Las causales de rechazo de las propuestas incluyen: presentación extemporánea, registro como responsable fiscal ante la Contraloría General de la República, no aportar la carta de presentación debidamente suscrita, objeto social no relacionado con el convenio, incumplimiento de requisitos habilitantes o mínimos, no aclarar o subsanar documentos, propuesta económica que supere el 100% del presupuesto oficial, modificación de ítems del presupuesto oficial, no ofrecer valor en un ítem o ofrecerlo en cero pesos, falta de indicación del tiempo de validez de la propuesta, no suscripción de la propuesta económica, inhabilidad o incompatibilidad, o información inexacta.
El presupuesto oficial estimado para atender el gasto que demande el convenio a desarrollar es de setenta y dos millones novecientos mil pesos mcte. (****,00).
Apertura de Propuestas: