Suministro de alimentación para población privada de la libertad en la estación de policía de Obando. El valor estimado es de ****,00. El pago incluye un anticipo del 40% y el saldo del 60% tras informes satisfactorios. Se exige excelente calidad, salubridad y capacidad operativa inmediata. La selección se basa en el menor precio. La propuesta debe tener vigencia mínima de 30 días.
El contrato tendrá una duración de treinta y ocho 38 días calendario, contados a partir de dicha fecha, o hasta agotar la totalidad de los recursos asignados, lo que ocurra primero.
Un anticipo equivalente al cuarenta por ciento 40 del valor total del contrato, y el saldo restante del sesenta por ciento 60 se cancelará previa presentación de la cuenta de cobro.
Se requiere garantía única de cumplimiento equivalente al diez por ciento 10 del valor total del contrato, y garantía para buen manejo del anticipo por el cien por ciento 100 del valor total entregado en calidad de anticipo.
La entidad seleccionará, mediante comunicación de aceptación de la oferta, la propuesta con el menor precio siempre y cuando cumpla con las condiciones exigidas en la presente convocatoria pública.
Los proponentes deben presentar la carta de presentación de la propuesta en los términos y condiciones plasmados en el anexo 1. debidamente firmada por la persona natural o el representante legal o la persona debidamente facultada o autorizada para ello.
En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total o parcial de las obligaciones del contratista, éste deberá pagar a la entidad contratante, a título de cláusula penal, una suma equivalente al cinco por ciento 5 del valor del contrato.
La entidad rechazará las ofertas presentadas por los proponentes que cuando el oferente se encuentre incurso en las inhabilidades, incompatibilidades y prohibiciones previstas en la constitución política o en las leyes vigentes.
El valor estimado del contrato es de treinta millones de pesos ****, 00 mte incluido el impuesto que corresponda impuesto nacional al consumo o iva.