Cotización para arrendamiento de inmueble en Garzón por 11 meses y 15 días. Plazo para cotizar hasta el 9 de octubre de 2026. El canon debe incluir servicios públicos, conectividad, vigilancia, fumigación y lavado de tanques. No exige experiencia previa. Se requiere visita técnica coordinada. Pago mensual sin anticipo. Presentar certificado de tradición, RUT, concepto de uso de suelo y paz y salvo de impuestos.
El plazo de ejecución del contrato será de once (11) meses y quince (15) días, sin exceder del 31 de diciembre de 2027, según el texto: el plazo de ejecución del contrato que llegare a suscribirse como consecuencia de la selección dentro del presente proceso será de once 11 meses y quince 15 días.
El SENA pagará un (1) pago correspondiente a medio canon por los quince días de enero y once (11) pagos iguales de febrero a diciembre. No se desembolsará anticipo, según el texto: el sena no desembolsará anticipo o pago anticipado en el presente contrato.
El contratista debe entregar las garantías exigidas dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del negocio jurídico, según el texto: entregar, dentro de los tres 3 días hábiles siguientes a la suscrición del negocio jurídico, las garantías exigida en los estudios previos.
La comparación de cotizaciones se hará con criterios objetivos: cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad y salud en el trabajo, ubicación, servicios incluidos y valor del canon.
Podrán cotizar propietarios o quienes estén facultados para arrendar inmuebles en el casco urbano de Garzón que acrediten titularidad y capacidad para contratar, sin experiencia previa, según el texto: esta solicitud no exige observaciones experiencia previa en arrendamientos.
Los interesados deben permitir la visita técnica al inmueble, previa coordinación con el centro de formación, según el texto: los interesados deben permitir la visita técnica al inmueble, previa coordinación con el centro de formación.
El oferente no debe estar impedido por inhabilidades o incompatibilidades para contratar, especialmente las establecidas en la Constitución Política y las leyes 80 de **** y **** de ****, según el texto: el oferente no debe estar impedido por causa de inhabilidades o incompatibilidades para contratar.