Contrato de compraventa por régimen especial inferior a 20 SMMLV. Plazo de ejecución de 3 días calendario. Pago del 100% contra entrega a satisfacción y radicación de factura. No constituye garantías. Multas del 0. 5% diario por retardo hasta 15%. Penal del 10% por incumplimiento. Entrega en sitio en la institución educativa. No hay visitas al lugar de obra.
El plazo de ejecución del contrato es de tres (03) días calendario, contados a partir del cumplimiento de los requisitos para ejecución y firma del acta de inicio. el tiempo durante el cual el contratista se compromete a ejecutar el objeto y obligaciones del contrato a entera satisfacción de la ier, es de tres 03 días calendario.
Se realizará un pago del 100% del valor total del contrato, una vez se cumpla con la ejecución del objeto, previo a la radicación de la factura electrónica y demás soportes. un pago del 100 del valor total del contrato, una vez se cumpla con la ejecución objeto del contrato.
El contratista declara bajo la gravedad del juramento no encontrarse dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en la ley 80 de **** contratista declara bajo la gravedad del juramento no encontrarse dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en la ley 80 de ****.
En caso de incumplimientos parciales, se aplicarán multas del 0. 5% del valor total del contrato por cada día de retardo hasta completar el 15%. el contratista cancelará multas por el 0. 5 del valor total del contrato por cada día de retardo hasta completar el 15.
Las controversias se someterán a revisión de las partes para un arreglo directo en un término no mayor a cinco (5) días hábiles. serán sometidas a la revisión de las partes para buscar un arreglo directo, en un término no mayor a cinco 5 días hábiles.
El incumplimiento de las obligaciones frente al sistema de seguridad social integral será causal de imposición de multas sucesivas. el incumplimiento por parte del contratista de sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral salud, pensión y riesgos será causal de imposición de multas sucesivas.
El valor total del contrato es de veinticuatro millones trescientos dieciséis mil ochocientos pesos (****), IVA incluido. el contrato tiene un valor de veinticuatro millones trescientos dieciséis milochocientos ****, moneda corriente iva incluido.