COLOMBIA | ATL | SOLEDAD Ciudad Mediana
SUMINISTRO DE PAPELERIA - papelería, útiles, consumibles y elementos de oficina de acuerdo con las especificaciones técnicas, cantidades, precios unitarios y condiciones establecidas en el Anexo Técnico el cual forma parte integral de este contrato
Suministro de papelería, útiles, consumibles y elementos de oficina. Grapas, bolígrafos negros, resaltadores, lápiz corrector, folder cartón oficio, folder cartón carta, carpeta legajadora, clips pequeños, clips mariposa, resma carta, resma oficio, cinta transparente, cinta enmascarar, marcador permanente negro, legajador azul carta, legajador azul oficio, sobres manila, limpión rojo, tijeras grandes, gancho legajador, bolígrafo gel, cartulina colores, cartulina colores fluorescentes, papel bond, tinta recargable negro, pegante pegastic, sacagrapas, chinches grandes, talonario recibo, almohadilla dactilar, cinta peligro, almohadilla para sello, tinta para almohadilla, cartulina opalina, block cartulina fosforescente, carpeta argollada carta, tinta negra, marcador recargable negro.
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Suministro de papelería, útiles, consumibles y elementos de oficina. El contrato tiene un plazo de ejecución de tres (03) días, del 23 al 26 de junio de 2026. El pago se realizará en un solo y único pago de contado al momento de la entrega a satisfacción. No se exigirá póliza de garantía de cumplimiento. El valor total del contrato es de ****,00. Las multas por mora o incumplimiento parcial serán del 10% del valor del contrato por cada día de retardo. La cláusula penal pecuniaria será del 10% del valor del contrato en caso de declaratoria de caducidad o incumplimiento.
El plazo de la ejecución de este contrato será de tres (03) días, a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución dispuesto en el artículo 41 de la ley 80 de ****, sin superar la vigencia fiscal 2026 del día veintitrés (23) de junio de 2026 al día veintiséis (26) de junio de 2026.
El contratante, se compromete con el contratista a cancelarle de la siguiente manera: un solo y único pago de contado al momento de la entrega a satisfacción por el valor total del contrato, cumpliendo con los requisitos de ejecución: registro de disponibilidad, registro presupuestal, asignación del supervisor, acta de inicio.
De conformidad con el artículo **** del decreto **** de ****, no se exigirá la constitución de una póliza como garantía de cumplimiento del contrato.
El contratista, podrá imponer, sin perjuicio de la cláusula penal pecuniaria ni de la declaratoria de caducidad, multas en caso de mora o incumplimiento parcial, a razón del 10 del valor del contratopor cada día de retardo y se impondrán mediante resolución motivada.
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