Contrato de obra para la construcción y terminación de la adecuación del puesto de Bituima, adscrito a la E. S. E. Hospital San Vicente de Paul. El valor total del contrato es de ****,99 COP. El plazo de ejecución es hasta el 16 de octubre de 2026. El pago se realizará por cuentas parciales según avance de obra (hasta el 90%) y el saldo restante (10%) a la entrega a satisfacción. Se requiere la presentación de análisis de precios unitarios, cronograma de obra, y cumplimiento de normas técnicas y de seguridad. El contratista debe asumir los riesgos y responder por daños. Se exige la constitución de garantías de cumplimiento, calidad de materiales, estabilidad de la obra, pago de salarios y responsabilidad civil extracontractual.
El plazo para la ejecución del contrato será hasta el 16 de octubre de 2026, a partir del perfeccionamiento del mismo.
El valor se pagará mediante pagos por cuentas parciales conforme al porcentaje de avance de la obra según certificación de la interventoría, sin que estos excedan el 90% del valor del contrato. El saldo restante, es decir, 10% del valor del contrato, se cancelará a la entrega y recibido a satisfacción de la obra y acta de liquidación final.
El contratista deberá constituir una garantía única que avale el cumplimiento de las obligaciones, equivalente al 20% del valor del contrato y por el término de ejecución más cuatro meses. También se requieren garantías de calidad de servicio (30% del valor del contrato por ejecución más un año), calidad de materiales y estabilidad de la obra (30% del valor de la obra por el tiempo del contrato y cinco años), pago de salarios (5% del valor del contrato por ejecución más tres años), y responsabilidad civil extracontractual (equivalente al 200 smmlv por ejecución más un año).
El hospital podrá imponer multas diarias y sucesivas, por un valor equivalente al cero punto dos por ciento (0. 2%) del valor del contrato y por el término de diez (10) días, vencidos los cuales se decretará la caducidad del contrato. El contratista también se compromete a pagar una sanción pecuniaria del diez (10%) del valor total estipulado en el contrato en caso de incumplimiento.
El contratista será reportado en la lista del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas o de la OFAC, se encuentre vinculado en una investigación penal con formulación de acusación o reportado por organismos de supervisión como la UIAF por actividades que se puedan catalogar como lavado de activos o financiación del terrorismo.
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