Contratación de servicios de juzgamiento para juegos deportivos en Ibagué. Duración hasta el 30 de diciembre de 2026. Valor estimado: **** COP. Pago mensual con presentación de factura y certificación de cumplimiento. El contratista debe cumplir con obligaciones técnicas y generales, incluyendo la presentación de informes. Se requiere experiencia relacionada y personal calificado. Criterios de evaluación incluyen tarifa, capacitación y número de partidos. La presentación de ofertas es digital a través de SECOP II.
La duración del presente contrato es hasta el 30 de diciembre de 2026, a partir de la suscripción del acta de inicio.
El municipio de Ibagué cancelará el valor del contrato a través de mensualidades, de conformidad con el valor cobrado por el contratista, a través de la presentación de la factura correspondiente contra facturación. El desembolso se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes al vencimiento del pago, una vez se cuente con el respectivo PAC.
La garantía de cumplimiento debe tener una vigencia mínima de diez por ciento (10%) del valor del contrato, para reparar los perjuicios por incumplimiento del contrato y seis (06) meses o una declaratoria de caducidad del mismo.
Se asignará hasta 100 puntos a la ESAL que acredite lo siguiente: 40 puntos por mejor tarifa ofertada, 40 puntos por capacitación a deportistas y 20 puntos por ofrecimiento a mayor número de partidos.
Serán requisitos habilitantes del presente proceso de selección los siguientes: documentos de carácter legal, certificados de existencia y representación legal, certificado de ausencia de inhabilidades, certificación de pagos de seguridad social y aportes parafiscales, certificado del sistema de información y registro de sanciones, certificado de antecedentes fiscales y judiciales, libreta militar, RUT, registro en SECOP II, hoja de vida de la función pública y copia de los estatutos.
El contratista responderá civil y penalmente por las acciones u omisiones en la actuación contractual, igualmente por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, de conformidad con lo previsto en los artículos 52 y 53 de la Ley 80 de ****.
El municipio de Ibagué rechazará las propuestas cuando no se ajuste a las condiciones de la invitación, no subsane requerimientos, se presenten dos o más propuestas por un mismo proponente, se intente influir en el procedimiento, se incurra en inhabilidades o incompatibilidades, se presente extemporáneamente, la vigencia de la propuesta sea inferior, no se tenga la capacidad jurídica, se presenten condicionamientos, el valor ofertado supere el presupuesto oficial, se compruebe lavado de activos, se mienta sobre sanciones, no se presente poder, se esté en causal de disolución/liquidación, se esté reportado en boletín de responsables fiscales, el objeto social no tenga relación directa, se declare no cumple, o la duración de la persona jurídica sea inferior al plazo del contrato.
El valor estimado del contrato es de doscientos veinte millones cuatrocientos mil pesos (****) MCTE IVA incluido.