COLOMBIA | BOL
Suministro de papelería y artículos de oficina según factura
Suministro de papelería y artículos de oficina Suministro de papelería y artículos de oficina, incluyendo block iris pappyer, cinta tricolor, papel craft, sobre manila, cartulina opalina, libretas, lapiceros, bolígrafos, fomy, silicona, plástico de color, cuadernos, resmas de papel, lápices grafito, sacapuntas, colores, folders, borradores, carpetas, tintas para marcador, marcadores borrables, correctores, borradores para tablero, juegos didácticos, dominós, rompecabezas, creyones, plastilina, plumones, grapas, ganchos legajadores, cintas transparentes, papel silueta, cartulinas, temperas, pegantes, tijeras, engrapadoras, sistemas solares y mapas de Colombia.
AI helper
Contratación para el suministro de papelería y artículos de oficina para la Institución Educativa de Juan Arias. El plazo de ejecución es de 3 días hábiles. El valor estimado es de **** COP. El pago se realizará en un único pago al finalizar la ejecución del contrato, previa presentación de requisitos. No se exigen garantías. La supervisión será ejercida por el ordenador del gasto o quien designe. Se podrán imponer multas del 1% por semana de retardo, hasta el 10% del valor del contrato, y una sanción penal del 10% del valor del contrato en caso de incumplimiento. Se convoca a veedurías ciudadanas.
El plazo de ejecución para este contrato será de: 3 dias habiles
El valor del contrato será cancelado por la Institución Educativa, así: un 1 único pago al finalizar la ejecución del presente contrato
para esta contratacion no es obligatorio la exigencia de garant�as
como factor de selección se tendrá en cuenta quien ofrezca el menor precio
Requisitos mínimos habilitantes: Documentos habilitantes de carácter jurídico. Carta de propuesta y presentación. Copia de la cédula de ciudadanía certificado de cámara y comercio actualizada persona jurídica o certificado de idoneidad persona natural. Registro único tributario RUT.
la IE podrá imponer multas sucesivas o puntuales al contratista equivalentes al uno por ciento 1,0 por cada semana de retardo, sin exceder el 10 del valor total del contrato.
****