Proceso de mínima cuantía para contratar el servicio y suministro de comida para eventos oficiales. La oferta seleccionada será la de menor precio que cumpla las condiciones técnicas. El plazo para presentar ofertas es hasta el 16 de julio de 2026. El contrato es de prestación de servicios con una duración de 5 meses.
El presente proceso se adjudicará a aquella oferta de menor precio que se encuentre habilitada jurídicamente, técnicamente y que cumpla con la evaluación económica por el valor de la propuesta de acuerdo con las necesidades de la administración evidenciada en el estudio previo y demás requisitos de la invitación pública.
Se verificará la habilitación jurídica, técnica y financiera de las ofertas. en caso que éste no cumpla con los mismos, procederá a la verificación del proponente ubicado en segundo lugar y así sucesivamente. de no lograrse la habilitación, se declarará desierto el proceso.
Las causales de rechazo de las propuestas incluyen: inhabilidades o incompatibilidades, ofertas incompletas, información tergiversada, propuestas subordinadas a condiciones, objeto social no relacionado, falta de capacidad del representante legal, estar reportado en boletín de responsabilidad fiscal, presentación de varias ofertas por el mismo proponente, no presentar la oferta en la hora indicada, propuesta en moneda diferente, vigencia de personas jurídicas inferior al plazo de ejecución más un año, precios artificialmente bajos, superar el precio de referencia unitario, omitir algún precio, incluir costos adicionales, superar el precio unitario de referencia cenac, ofrecer menores cantidades a las requeridas, no presentar el anexo 4, no discriminar el IVA, no subsanar lo requerido, proponente en causal de disolución o liquidación, no diligenciar especificaciones técnicas, modificar porcentajes de participación, intentar influir en el proceso, proponente plural no inscrito en secop ii, mejorar la oferta inicial, no allegar garantía de seriedad, garantía de seriedad no otorgada por todos los integrantes, fecha de expedición de la garantía posterior al cierre.
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