Suministro de elementos para botiquines de primeros auxilios en la Institución Educativa José Antonio Galán, Puerto Caicedo, Putumayo. Plazo de ejecución de 4 días calendario. Pago del 100% del valor del contrato una vez cumplido el objeto, previa presentación de factura y soportes. Valor estimado: **** COP. El contrato es de compraventa, régimen especial para Mipymes. La presentación de ofertas es hasta el 12 de junio de 2026.
El plazo para la ejecución del presente contrato es de cuatro 04 días calendario, contados a partir de la suscripción del acta de inicio.
La Institución Educativa cancelará al contratista el valor del contrato de la siguiente manera: un pago del 100% del valor total del contrato, una vez se cumpla con la ejecución objeto del contrato, previo a la radicación de la respectiva factura de venta electrónica, presentación del comprobante de entrega, informe de ejecución acompañado de los respectivos soportes documentales.
La IE, adjudicará la contratación al oferente cuya propuesta se ajuste a la invitación pública y haya ofertado el menor precio.
La verificación de requisitos habilitantes se realizará al oferente con el precio más bajo, y se tendrán en cuenta las reglas de subsanabilidad establecidas en la ley.
En el evento de presentarse retardo en la entrega, se impondrán multas, cuyo valor se liquidará con base en el cero punto cinco por ciento (0. 5%) del valor del bien/servicio, dejado de entregar por cada día de retardo y hasta por un plazo máximo de quince (15) días calendario.
Son causales de rechazo, luego de vencido el término para subsanar: que el proponente o alguno de los integrantes del proponente plural esté incurso en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición; cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces; que el proponente o alguno de los integrantes del proponente plural esté reportado en el boletín de responsables fiscales; cuando no sean subsanadas las deficiencias encontradas en su propuesta; cuando se presente más de una oferta por un mismo oferente; cuando la IE compruebe confabulación entre proponentes; cuando el proponente tenga intereses patrimoniales en otra persona jurídica que presente oferta; cuando el representante o los representantes legales de una persona jurídica ostente igual condición en otra u otras sociedades diferentes y que también presenten ofertas; cuando la propuesta sea presentada a nombre de una persona o sociedad diferente a la que aparece registrada; cuando la propuesta presentada para participar en esta convocatoria no sea abonada, en caso de requerirse por un profesional debidamente matriculado; cuando el plazo de duración de la sociedad o los miembros del consorcio o unión temporal sea inferior al plazo de ejecución del contrato y un año más; cuando en la verificación de antecedentes penales, fiscales, disciplinarios y medidas correctivas, se evidencie sanciones que impidan la participación del oferente; cuando se descubra falsedad material o ideológica en cualquiera de los documentos de la oferta o se descubra cualquier intento de fraude o engaño; cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos tergiversados, alterados o tendientes a inducir a error a la IE; cuando la propuesta no cumpla con todas las exigencias establecidas en la invitación; si el proponente no suscribe o no firma la carta de presentación de la propuesta; cuando el oferente señale su desacuerdo o imposibilidad de cumplir las obligaciones o condiciones previstas en los términos de referencia, o presente condicionamiento para la adjudicación; cuando el proponente presente documentos o información inexacta, contraria o distinta a la realidad o que quienes suscriben los documentos lo refuten o haya tratado de inferir o influenciar indebidamente en la verificación de las propuestas o en la adjudicación del contrato o inducir en error a la entidad; cuando el objeto social principal del oferente, o de cada uno de los miembros de la unión temporal, consorcio o promesa de sociedad futura o la actividad mercantil del comerciante no tenga relación con el objeto del proceso de selección; cuando la propuesta presente enmiendas, tachaduras o entrelineados, que impida la selección objetiva; las demás previstas en la ley y demás normas aplicables.
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