Proceso de mínima cuantía para la expedición y adquisición de pólizas de seguros (SOAT, todo riesgo y vida grupo) para el Distrito de Santa Marta. Presupuesto oficial de **** ofertas se presentan por SECOP II. El criterio de adjudicación es el menor precio. No se exigen garantías de cumplimiento. El plazo de ejecución es hasta el 31 de diciembre de 2026. Los pagos se realizan por pólizas efectivamente expedidas y recibidas a satisfacción. Las consultas se realizan por escrito en SECOP II.
El contratista debe expedir las pólizas en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles luego de hecha la solicitud a la aseguradora, sin desconocer las fechas de inicio de cobertura exigidas. El plazo de ejecución del contrato es hasta el 31 de diciembre de 2026.
El distrito se compromete a realizar pagos parciales o totales de acuerdo con las pólizas efectivamente suministradas y de conformidad con los precios y variables establecidos en la oferta económica, una vez cumplidos los trámites administrativos a que haya lugar, con la presentación de la factura acompañada de la certificación del supervisor.
De conformidad con el artículo 7 de la ley **** de **** y con la determinación consignada en los estudios previos, en el presente proceso no se exigirán garantías para su ejecución. Esta decisión se refiere a las garantías de cumplimiento del contrato y no a las pólizas de soat, todo riesgo y vida grupo que constituyen su objeto.
La entidad seleccionará, mediante comunicación de aceptación de la oferta, la propuesta con el menor precio, siempre y cuando cumpla con las condiciones exigidas.
Podrán participar todas las personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras, en forma individual o conjunta (consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura) que tengan representación en Colombia, o constituyan un apoderado domiciliado en el país, cuya actividad se relacione con el objeto de este proceso y cumplan con los requisitos establecidos en este anexo de invitación y en la ley.
Son causales de rechazo, entre otras: que el proponente o alguno de los integrantes del proponente plural esté incurso en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición previstas en la legislación para contratar; que el valor total de la oferta o el obtenido de la corrección aritmética exceda el presupuesto oficial estimado; presentar la oferta extemporáneamente; no presentar oferta económica; cuando se determine que el valor total de la oferta es artificialmente bajo.
El presupuesto estimado para la contratación asciende a la suma de cuarenta y dos millones de pesos ml (****), incluidos impuestos, emolumentos, erogaciones o tributos a que haya lugar.