Suministro de elementos de papelería, cafetería y aseo para la Asamblea Departamental de Norte de Santander. Proceso de mínima cuantía con valor estimado de **** COP. Cierre de ofertas el 4 de agosto de 2026. El pago se realizará en un único pago dentro de los 30 días hábiles siguientes a la radicación completa de documentos y certificación de cumplimiento. El criterio de evaluación es el menor precio. No se exige experiencia como requisito habilitante.
El plazo de la aceptación de oferta será de tres (03) días contados a partir de la suscripción del acta de inicio entre las partes contratantes, con el visto bueno del supervisor designado, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del mismo.
La Asamblea Departamental de Norte de Santander realizará el pago del valor del contrato mediante un único pago, correspondiente a los bienes efectivamente suministrados por el contratista durante la ejecución contractual, de acuerdo con los requerimientos realizados por la entidad y hasta agotar el valor total del contrato o finalizar el plazo de ejecución, lo que ocurra primero. El pago estará sujeto a la previa verificación y aprobación por parte del supervisor del contrato. El pago se efectuará dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la radicación completa de los documentos requeridos y previa certificación de cumplimiento emitida por el supervisor del contrato.
Se exigirán garantías de cumplimiento del diez por ciento (10%) del valor del contrato y calidad de los bienes suministrados igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más.
Se tendrá como criterio de evaluación el menor precio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 94 de la Ley **** de **** y en el numeral 8 del artículo **** Decreto **** de ****, se seleccionará la propuesta con el menor precio, siempre y cuando cumpla con las condiciones habilitantes exigidas.
Serán hábiles aquellas propuestas que cumplan con todos y cada uno de los requisitos habilitantes que se indican a continuación. El cumplimiento de los presentes requisitos no es ponderable, por lo cual, la verificación de la entidad respecto de los requisitos habilitantes será: cumple o no cumple.
La entidad publicará el informe de evaluación durante un (1) día hábil, plazo único para que los proponentes puedan formular observaciones a la evaluación.
Se tendrán en cuenta las siguientes causales de rechazo: que el proponente o alguno de los integrantes del proponente plural esté incurso en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición previstas en la legislación para contratar; cuando en el mismo proceso de selección se presentan oferentes en la situación descrita por los literales g y h del numeral 1 del artículo 8 de la ley 80 de ****; cuando una misma persona jurídica, o integrante de un proponente plural presente o haga parte en más de una propuesta para el proceso de selección; que la persona jurídica proponente individual o integrante del proponente plural esté incursa en la situación descrita en el numeral 1 del artículo 38 de la ley **** de ****; que el proponente no aclare, subsane o aporte documentos necesarios para cumplir un requisito habilitante o aporténdolos no lo haga de forma correcta, en los términos establecidos en la invitación pública del presente proceso; que el proponente aporte información inexacta sobre la cual pueda existir una posible falsedad; que el proponente se encuentre inmerso en un conflicto de interés previsto en una norma de rango constitucional o legal; que el objeto social del proponente, en caso de ser persona jurídica o el de sus integrantes, tratándose de proponentes plurales, no le permita ejecutar el objeto del contrato; que el valor total de la oferta o aquel revisado en la adjudicación exceda el presupuesto oficial estimado para el proceso de contratación; presentar la oferta con tachaduras o enmendaduras en alguno de los documentos que acreditan los requisitos habilitantes o factores de evaluación de la oferta y no estén convalidadas, sin perjuicio de la posibilidad de subsanar los primeros en los términos del numeral; que el proponente adicione, suprima, cambie, o modifique los ítems, la descripción, las especificaciones, el detalle, las unidades o cantidades señaladas en el formulario 1 formulario de presupuesto oficial, de acuerdo con lo exigido por la entidad; no ofrecer el valor de un precio unitario u ofrecerlo en cero (0) pesos; superar el precio techo definido por la entidad de uno o más ítems a ofertar; cuando se presente la propuesta condicionada para la adjudicación del contrato; presentar la oferta extemporáneamente; no presentar oferta económica; presentar más de una oferta económica con valores distintos; cuando se determine que el valor total de la oferta es artificialmente bajo, de acuerdo con lo establecido por Colombia Compra Eficiente; cuando se presenten propuestas parciales y esta posibilidad no haya sido establecida en el pliego de condiciones; ofrecer condiciones particulares del proyecto de inferior calidad, personal profesional sin los requisitos mínimos actividades por ejecutar y su alcance, forma de pago, servicios provisionales, notas técnicas específicas, y documentos técnicos adicionales, en condiciones diferentes a las establecidas por la entidad en acápite técnico; las demás previstas en la ley.
El valor de la aceptación de la oferta resultante de la presente convocatoria pública será hasta la suma de treinta millones de pesos (****) mcte.