COLOMBIA
Puesta A Tierra
Contrato de mantenimiento - mantenimiento correctivo independizar y estabilizar los circuitos de áreas críticas ( consulta externa, urgencias, hospitalización y partos), mitigar riesgos por sobrecarga o cortocircuito y garantizar el estricto cumplimiento del reglamento técnico de instalaciones ( retie) y del código eléctrico colombiano ( ntc ****)
Mantenimiento correctivo de circuitos eléctricos en áreas críticas Sustitución y renovación de canalización en tubería conduit; Suministro, montaje y adecuación de tablero de distribución eléctrica; Desmonte, retiro y disposición final de tableros eléctricos existentes; Resane y reconstrucción de mampostería en muros; Identificación, levantamiento de circuitos y rotulación de tablero eléctrico principal; Suministro, construcción, interconexión y pruebas del sistema de puesta a tierra ( SPT); Sustitución y reposición integral de acometidas eléctricas externas e internas; Mantenimiento correctivo, normalización y reposición de red eléctrica interna en consulta externa; Medición, diagnóstico y mantenimiento correctivo del sistema de puesta a tierra ( SPT); Elaboración de planos récord y certificación de cumplimiento por profesional eléctrico; Aseo general.
AI helper
Contrato de mantenimiento hospitalario para mantenimiento correctivo de circuitos críticos (consulta externa, urgencias, hospitalización y partos). El valor total es de ****,50. El pago se realiza en anticipo (30%), actas de avance (hasta 80%) y pago final (20%). Se exige garantía de cumplimiento (mínimo 10% del valor total) y garantía de calidad del servicio (mínimo 15% del valor total). El plazo de ejecución es de 15 días hábiles. El contratista debe cumplir con obligaciones anticorrupción.
El tiempo de ejecución es de quince 15 días hábiles.
Se pagará un anticipo del treinta por ciento 30, actas de pago parciales hasta completar el ochenta por ciento 80, y el restante veinte por ciento 20.
El contratista debe constituir una garantía única que ampare el cumplimiento del contrato, con valor mínimo equivalente al diez por ciento 10 del valor total del contrato.
Se requiere experiencia no inferior a un 1 año y capacidad técnica e idoneidad.
En caso de incumplimiento, el contratista deberá pagar una indemnización equivalente al quince por ciento 15 de su valor, a título de pena pecuniaria.
El valor del contrato es de doscientos cuarenta y nueve millones ochocientos tres mil seiscientos sesenta y dos pesos mcte con cincuenta centavos ****.