El Instituto Nacional de Cancerología (INC) ha lanzado una convocatoria pública para contratar la producción y distribución de alimentos para pacientes y funcionarios. El contrato tiene una duración estimada de 7 meses, finalizando el 31 de diciembre de 2026. El valor total estimado del contrato es de **** COP. La modalidad de selección es convocatoria pública, y el proceso está limitado a MIPYMES. Se requiere que los oferentes cumplan con estrictos estándares de calidad e inocuidad alimentaria, incluyendo la presentación de manuales de buenas prácticas de manufactura y planes de saneamiento básico. La oferta económica debe presentarse en pesos colombianos y no superar los precios de referencia establecidos. El INC se reserva el derecho de renegociar precios y de declarar desierto el proceso si no se presentan ofertas o si ninguna resulta hábil. La adjudicación se realizará al proponente habilitado que obtenga el mayor puntaje, priorizando la calidad y el precio. Los pagos se realizarán mensualmente vencidos, previa presentación de factura y verificación de la prestación del servicio. Se contemplan descuentos por pronto pago opcionales.
El plazo estimado para que el contratista dé cumplimiento al objeto pactado será desde hasta el 31 diciembre 2026, contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.
El Instituto Nacional de Cancerología pagará al contratista el valor del contrato mediante pagos mensuales vencidos, de acuerdo con los servicios efectivamente prestados durante el período facturado. El pago se realizará con base en las dietas suministradas a pacientes, funcionarios, estudiantes y demás población autorizada, conforme a los valores unitarios establecidos en el contrato. El pago estará sujeto al recibo a satisfacción por parte del supervisor del contrato y a la verificación del cumplimiento de las obligaciones contractuales. El pago se realizará a los sesenta 60 días después de radicada factura, previa entrega de los bienes, servicios u obras objeto de este, expedición de la certificación de recibo a satisfacción por parte el supervisor o interventor designado por el INC y cumplimiento de los trámites legales, fiscales y administrativos a los que haya lugar.
Al perfeccionamiento del contrato, el proponente seleccionado deberá constituir a su costa y a satisfacción del Instituto, cuando el valor del contrato sea igual o superior a la suma de veinte 20 smmlv, una garantía única a favor de entidades públicas con régimen privado de contratación expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia y aprobada por la Superintendencia Financiera, la cual deberá amparar los siguientes riesgos: calidad del servicio (20% del valor del contrato y hasta cuatro 4 meses más), cumplimiento (20% del valor del contrato y hasta cuatro 4 meses más), pago de salarios, prestaciones sociales o indemnizaciones laborales (5% y 3 años más), y responsabilidad civil extracontractual (10% y hasta cuatro 4 meses más).
El criterio de selección será la adjudicación al proponente habilitado que obtenga el mayor puntaje en aplicación de los criterios de calificación establecidos en el proceso. Solo será habilitada la oferta que presente oferta dentro del rangos definidos para cada ítem como precio techo, de acuerdo con el análisis de mercado realizado por el grupo de gestión de contratación logística y abastecimiento. Con esta metodología se busca garantizar las mejores condiciones económicas y de calidad en la prestación del servicio.
Los requisitos habilitantes incluyen capacidad jurídica, condiciones técnicas exigidas y capacidad financiera. Para la capacidad jurídica, se solicita documentación como registro mercantil, RUT, RUP, certificados de antecedentes, entre otros. Las condiciones técnicas exigen la presentación de un modelo de gestión de servicios, modelo de gestión de la calidad, concepto favorable de inspección sanitaria, manual de buenas prácticas de manufactura, plan de saneamiento básico, y hojas de vida del personal. La capacidad financiera se evalúa a través de indicadores como capital de trabajo, razón corriente y nivel de endeudamiento.
El incumplimiento del contratista de cualquiera de las obligaciones contraídas facultará al Instituto para retener las sumas que en ese momento adeude al contratista hasta cuando éste se allane a cumplir con lo pactado. El incumplimiento de las obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales será causal para la imposición de multas sucesivas hasta tanto se dé cumplimiento. El contratista responderá por los daños y perjuicios hasta por culpa leve cuando se cause perjuicio al Instituto o a terceros en la ejecución del objeto contratado. En caso de incumplimiento del contratista, se podrán establecer responsabilidades, correctivos y sanciones.
Si hay lugar a aclaraciones u observaciones a los términos de condiciones o sus anexos, éstas deberán enviarse a través de la plataforma incompra, accediendo a ella con su usuario y contraseña, desde el botón del proceso correspondiente en el enlace que se da a continuación, en la fecha estipulada en el cronograma. Las observaciones realizadas después de la fecha y hora señaladas o enviadas a un correo diferente del señalado en este punto se entenderán como no presentadas. El plazo para presentar observaciones al informe de evaluación de criterios de calificación es de veinticuatro horas (24) luego de publicado el informe de las evaluaciones habilitantes y al informe de evaluación de criterios de calificación.
Se rechazarán o evaluarán desfavorablemente las propuestas cuando se compruebe falsedad o inexactitud en los documentos o en la información suministrada, cuando no se reúnan las condiciones y requisitos establecidos, cuando no se subsanen o aclaren documentos requeridos para cumplir con un requisito habilitante, cuando el proponente se encuentre incurso en inhabilidades o incompatibilidades, cuando el objeto social del proponente no le permita ejecutar el objeto del contrato, cuando el proponente se encuentre en causal de disolución o liquidación, o en concordato, quiebra, insolvencia, cesación de pagos o concurso de acreedores, cuando los documentos presentados tengan enmendaduras no autorizadas, cuando las propuestas se entreguen por cualquier otro medio o después de la fecha y hora fijada, cuando las condiciones ofrecidas no cumplan con los requisitos mínimos, cuando se incumplan deberes fijados, cuando la información diligenciada en los formatos no coincida con la de los documentos soporte, cuando sobrevengan circunstancias que impidan legalmente adjudicarle el contrato, cuando existan varias propuestas hechas por el mismo proponente o miembros de consorcio/unión temporal, cuando una misma persona presente o haga parte en más de una propuesta, cuando no se cumplan los requisitos para ofertar como consorcio o unión temporal, cuando haya intereses patrimoniales en otra persona jurídica que participe, cuando no se allegue la documentación legal correspondiente para otras formas asociativas, cuando falten documentos definidos para la ejecución del objeto, cuando se adicionen, supriman, cambien o modifiquen ítems del anexo técnico, cuando se supere el valor unitario de algún ítem respecto al precio de referencia, cuando no se presente oferta económica, cuando el valor total de la oferta sea artificialmente bajo, cuando se presenten propuestas parciales y no esté permitido, cuando los proveedores no cuenten con certificados de capacidad de almacenamiento o acondicionamiento y anexo de visita sanitaria, cuando el oferente presente un riesgo para el instituto según el sistema de administración de riesgo, o cuando no entregue la garantía de seriedad de la oferta.
El presupuesto oficial estimado para la presente contratación es de cinco mil doscientos veintinueve millones ochocientos treinta y nueve mil noventa y dos pesos colombianos mcte (****,00) incluido todo tipo de impuestos, tasas y contribuciones a que haya lugar.