COLOMBIA | ANT | MEDELLÍN
Prestacion de servicios - mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura fisica de las sedes de la institucion educativa cristo rey del municipio de arauca
Mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura física Instalación de marcos metálicos para puertas, instalación de ventanas, reparación de canal, instalación de cerramiento en acero galvanizado, instalación de vidrios, poda de árboles, impermeabilización de canales, tapado de goteras en techo, reparación y impermeabilización de muro, reparación de grifería en baños, instalación de reja ventanas, instalación de chapas para puerta, cambio de rodachines portón, reparación de pasamanos escalera, ajuste de puertas de aluminio, pintura de puerta y ventanas, hoja de puerta metálica, limpieza tubería y cajas de aguas, mantenimiento preventivo de sistema automático de bombeo, reparación de cielo raso PVC, reparaciones hidráulicas en baños y vigas canales general, instalación de tanque PVC **** litros.
AI helper
El contrato es por mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura física de las sedes de la institución educativa Cristo Rey en Arauca. El plazo de ejecución es de 30 días calendario. El valor total es de **** COP. El pago se realizará mediante pagos parciales según el avance de las actividades ejecutadas. El contratista asume la responsabilidad del cuidado y mantenimiento de las instalaciones. Se establece una cláusula penal pecuniaria del 20% del valor del contrato.
El plazo de ejecución del contrato será de treinta 30 días calendario, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio.
La entidad pagará el valor del contrato mediante pagos parciales de acuerdo con el avance del real de las actividades ejecutadas previa verificación por parte del supervisor.
Se exigirá al contratista la extensión o ampliación, si es del caso, de la garantía del contrato para evaluar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extensión del mismo.
El contratista declara que no se halla incurso en ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad.
Se pagará a título de cláusula penal pecuniaria, el equivalente al veinte por ciento 20 del valor del presente contrato.
El valor del contrato se fija para todos sus efectos en la suma de treinta y cinco millones de pesos mcte ****.