COLOMBIA | DC | BOGOTÁ
Prestación de servicios para realizar actividades de auxiliar de enfermería en el programa de enfermedades no trasmisibles crónicas del hospital san carlos e. S. E.
Prestación de servicios para realizar actividades de auxiliar de enfermería en el programa de enfermedades no transmisibles crónicas. Actividades de auxiliar de enfermería en el programa de enfermedades no transmisibles crónicas, asignación de citas telefónicas y presenciales, informar a usuarios sobre cambios de cita, realizar demanda inducida para crónicos, diligenciar plantillas de demanda inducida, realizar nota de enfermería, verificar toma de exámenes, afinamiento de hta y glucómetros, toma de signos vitales y glucómetros, entrega de fórmulas, laboratorios y remisiones, apoyo en elaboración de informes, recepción y verificación de pedido, seguimiento y actualización de plantillas de epoc, icc y asma, diligenciamiento de bases de datos, apertura y gestión de agendas de medicina general, colaboración en actividades del pic, realización de sesiones educativas, disponibilidad en servicio de traslado asistencial básico, organización de consultorios médicos, confidencialidad de información, aplicación de prot
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Contrato de prestación de servicios para auxiliar de enfermería en programa de enfermedades no transmisibles crónicas. Duración de 1 mes. Valor: **** contratista debe cumplir con diversas actividades asistenciales y administrativas. Se requiere afiliación a seguridad social. El contrato se rige por normas de derecho privado y cláusulas excepcionales. Se pueden imponer multas por incumplimiento. Se requiere póliza de responsabilidad civil extracontractual.
El contrato tendrá una duración de un 1 mes, contados a partir de la aprobación de la garantía de amparo contractual, en el evento de ser esta necesaria y suscripción del acta de inicio.
El valor del contrato se cancelará mensualmente o proporcionalmente al tiempo servido en una cuota por valor de un millón setecientos cincuenta mil novecientos cinco pesos mcte ****,00, legalización del contrato y certificación de cumplimiento del objeto contractual, expedida por el supervisor del contrato y los trámites administrativos a que haya lugar.
El contratista constituirá a su costa y a favor de la ese, una póliza de responsabilidad civil extracontractual que ampare el riesgo por una eventual falla del servicio médico en cuantía no inferior a veinte 20 smlmv, durante la vigencia del contrato.
En caso de incumplimiento, la entidad podrá imponerle multas diarias sucesivas equivalentes al uno por ciento 1 del valor del contrato, las que sumadas no podrán superar el diez por ciento 10 del total del contrato.
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