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Adquisición por suministro de impresión de boletines y empastado de libros para el seguimiento del progreso académico de los estudiantes de la institución educativa manuel elkin patarroyo de girardot - adquisición por suministro de impresión de boletines y empastado de libros para el seguimiento del progreso académico de los estudiantes de la institución educativa manuel elkin patarroyo de girardot cundinamarca
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El plazo de ejecución de este contrato es de ciento cuarenta 140 días calendario, a partir de la suscripción del acta de inicio.
La institución educativa pagará al contratista el valor del contrato, así: dos 2 pagos de acuerdo a la ejecución del contrato así: primer pago por el 50% previa acta de recibo a satisfacción de los bienes suministrados y un segundo pago por el 50% restante previa acta de recibo del suministro a satisfacción.
la evaluación y verificación de las ofertas será adelantada por quien sea designado por el ordenador del gasto sin que se requiera de pluralidad. la institución educativa realizará la evaluación dentro del término establecido en el cronograma y tendrá como único criterio de selección el precio, atendiendo a esto, se escogerá aquella oferta con el precio total más bajo, siempre que se encuentre en condiciones de mercado, satisfaga las necesidades de la entidad y haya sido habilitada.
El informe de evaluación estará a disposición de los proponentes por un término de un 1 día hábil, para que durante este término presenten las observaciones que estimen pertinentes.
Será motivo de rechazo de una propuesta la ocurrencia de uno cualquiera de los siguientes eventos: a. cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecida en la ley 80 de ****, así como en las demás disposiciones legales vigentes. b. cuando para este mismo proceso se presenten varias propuestas por el mismo proponente, en un consorcio, unión temporal o individualmente. c. cuando los documentos presentados por el proponente contengan información que de cualquier manera no corresponda a la realidad, imprecisa, o que no permiten su verificación, caso en el cual se iniciaran las acciones correspondientes, si a ello hubiere lugar. d. cuando el valor de la propuesta resulte artificialmente bajo, y analizadas las explicaciones del proponente, el comité técnico, asesor y evaluador considere con fundamentos objetivos y razonables que esa propuesta económica pone en riesgo el proceso y el cumplimiento de las obligaciones contractuales en caso de resultar favorecida con la adjudicación y no se soporte el valor ofrecido por el proponente. e. cuando la oferta sea presentada en moneda diferente a pesos colombianos. f. cuando el proponente no subsane correctamente los requerimientos realizados por la entidad, dentro del término fijado por esta. g. cuando no presente, no diligencie o modifique alguna de las especificaciones previstas en el anexo 5 oferta económica de la invitación. h. cuando el valor unitario de uno o varios ítems del anexo 5 oferta económica sea superior al valor unitario del ítem o ítems definidos en el análisis presupuestal por parte de la entidad. i. cuando el proponente condicione la oferta. j. en todos los demás casos expresamente establecidos en la invitación y en la normatividad vigente.
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