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Prestacion de servicios - prestación de los servicios profesionales como médico especialista en anestesiología general en la e. S. E. Hospital san cristóbal de ciénaga
Prestación de servicios profesionales como médico especialista en anestesiología general Servicios de anestesiología general para cirugías electivas, interconsultas intrahospitalarias y extrahospitalarias, diagnósticos, exámenes, tratamientos, medicina legal y preventiva, instrucciones al personal de salud, coordinación con supervisor, facturación, atención a familiares, derechos del paciente, código de ética médica, historia clínica, reserva profesional, actividades extramurales de atención básica, promoción de la salud, prevención de enfermedades, detección temprana de riesgos, estrategia IAMI ( Institución Amiga de la Mujer y la Infancia Integral).
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Prestación de servicios profesionales como médico especialista en anestesiología general en la ESE Hospital San Cristóbal de Ciénaga. El contrato se ejecutará desde la legalización hasta el 31 de agosto de 2030. El valor previsto es de **** por 144 horas. Se requiere persona natural con experiencia acreditable y no estar incurso en inhabilidades. El contratista debe suministrar sus servicios directamente. Se exige póliza de responsabilidad civil profesional. El pago se realizará por horas prestadas, certificadas por el supervisor.
La ejecución del contrato es hasta el 31 de agosto de 2030.
La ESE realizará el pago correspondiente a las horas prestadas por el contratista, de conformidad con la agenda médica, las cuales deben ser certificadas por el supervisor del contrato.
Se exige póliza de responsabilidad civil profesional para profesionales médicas, clínicas y hospitalización, con una cuantía igual al 5% del valor del contrato y no inferior a 200 smlmv.
El contratista debe contar con requisitos como ser persona natural, acreditar experiencia en actividades similares y no estar incurso en causales de inhabilidad e incompatibilidad.
Si por causa de mal diligenciamiento de la historia clínica o deficiencias en la información imputable al contratista, el hospital no puede hacer el recobro al asegurador, la ESE podrá descontar el valor dejado de facturar o recobrar de cualquiera de los pagos pendientes.
Se prohíbe al contratista suministrar la clave personal asignada por el contratante de manera exclusiva para el ingreso a las diferentes plataformas de la institución, el incumplimiento de este inciso dará lugar a la terminación del contrato.
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